II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Funcionarios de los Subgrupos A2, C1, C2 y Grupo E. (BOE-A-2022-15650)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 131468
Un representante por cada centro directivo al que estén adscritas las plazas
convocadas.
Un representante de la Subsecretaría, que actuará como Secretario.
Un representante de cada una de las organizaciones sindicales más representativas
y las que cuenten con más del diez por ciento de representantes en el conjunto de las
Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente, según lo previsto en el
artículo 46 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado
por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
En el caso de los representantes de las organizaciones sindicales, se designarán a
propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de
designación por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el
plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha organización sindical ha decaído en
su opción.
Todos los miembros de la Comisión deberán pertenecer a cuerpos o escalas de
grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano
convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por parte
de las personas excluidas.
El listado de exclusiones se publicará en la página web www.mineco.gob.es, en esta
ruta: https://portal.mineco.gob.es/es-es/ministerio/empleo/Paginas/default.aspx, y en la
página de intranet del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en el concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se constituya la Comisión de Valoración del concurso. De la
fecha de la reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud
en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados): se admitirá hasta el día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las
valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.
Novena.
Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones
provisionales, la Comisión de Valoración hará pública en la página web
www.mineco.gob.es, en esta ruta: https://portal.mineco.gob.es/es-es/ministerio/empleo/
cve: BOE-A-2022-15650
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 131468
Un representante por cada centro directivo al que estén adscritas las plazas
convocadas.
Un representante de la Subsecretaría, que actuará como Secretario.
Un representante de cada una de las organizaciones sindicales más representativas
y las que cuenten con más del diez por ciento de representantes en el conjunto de las
Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente, según lo previsto en el
artículo 46 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado
por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
En el caso de los representantes de las organizaciones sindicales, se designarán a
propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de
designación por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el
plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha organización sindical ha decaído en
su opción.
Todos los miembros de la Comisión deberán pertenecer a cuerpos o escalas de
grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano
convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por parte
de las personas excluidas.
El listado de exclusiones se publicará en la página web www.mineco.gob.es, en esta
ruta: https://portal.mineco.gob.es/es-es/ministerio/empleo/Paginas/default.aspx, y en la
página de intranet del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en el concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se constituya la Comisión de Valoración del concurso. De la
fecha de la reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud
en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados): se admitirá hasta el día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las
valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.
Novena.
Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones
provisionales, la Comisión de Valoración hará pública en la página web
www.mineco.gob.es, en esta ruta: https://portal.mineco.gob.es/es-es/ministerio/empleo/
cve: BOE-A-2022-15650
Verificable en https://www.boe.es
Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.