II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-15678)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, conjunta de la Universidad de Castilla-La Mancha y la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 131525

solicitud de participación a través de la aplicación de gestión de convocatorias, el
aspirante podrá optar por realizar el pago de la tasa por derechos de formación de
expediente, para cada plaza a la que concurse, conforme al artículo 366 de la
Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha, y
otras medidas tributarias, a través de las siguientes vías:
a) Pago electrónico (37,61 euros por cada plaza a la que se concurse): Mediante el
pago con tarjeta de débito o crédito por TPV, en el mismo acto de presentación
telemática de la solicitud siguiendo las instrucciones que la plataforma de pago
telemático vaya indicando.
Las personas que presenten la solicitud de participación y paguen la tasa a través de
los medios telemáticos previstos en la convocatoria, se les aplicará una bonificación del
diez por ciento sobre la cuantía correspondiente de la tasa, conforme al artículo 368 de
la Ley 9/2012, de 29 de noviembre.
b) Pago presencial en entidad bancaria (41,79 euros por cada plaza a la que se
concurse): Pago directo en sucursal o en cajero automático. La aplicación genera una
carta de pago, para su impresión por duplicado y posterior pago en cualquiera de las
entidades colaboradoras que en la misma se indican.
Tanto si se opta por una u otra modalidad de pago, se deberá adjuntar en formato
PDF el justificante de pago antes de finalizar la solicitud.
En ningún caso la realización del pago presencial en entidad bancaria supondrá
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
El trámite de pago se deberá hacer en cualquier caso dentro del plazo de
presentación de instancias, siendo su abono fuera de plazo motivo de exclusión.
En aplicación de la Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y Administrativas
de Castilla-La Mancha, las personas que presenten la solicitud de participación en este
proceso selectivo y pertenezcan a familias numerosas de categoría general tendrán una
bonificación del cincuenta por ciento sobre la cuantía correspondiente.
c) Tendrán bonificación del cincuenta por ciento sobre la cuantía correspondiente
en el pago de la tasa las personas solicitantes que pertenezcan a familias numerosas de
categoría general.
4.6 La solicitud deberá venir acompañada, inexcusablemente, de la siguiente
documentación escaneada:
a) Instancia-currículo, según modelo adjunto (anexo II) disponible en la aplicación
de convocatorias indicada anteriormente.
b) NIF o NIE en vigor o documento equivalente para los ciudadanos de otra nacionalidad.
c) Título de Doctor. En caso de haberse obtenido en el extranjero, deberán estar en
posesión de la credencial que acredite su homologación, declaración de equivalencia o
reconocimiento profesional del título académico, cuando así proceda.
d) Justificante acreditativo del pago de los derechos de formación de expediente.
La falta de este justificante determinará la exclusión del aspirante para la/s plaza/s de la
que se trate, no siendo un requisito subsanable.
Procederá la devolución del importe de la/s tasa/s satisfecha/s cuando el sujeto
pasivo resulte excluido de su participación en las pruebas selectivas, siempre que
formule la reclamación correspondiente en el plazo de un mes a partir de la publicación
de la relación definitiva de personas excluidas.
e) Justificante acreditativo, en su caso, de la exención de pago por grado de
discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa o
por tener la condición de familia numerosa de categoría especial.
f) Justificante acreditativo, en su caso, de la bonificación del cincuenta por ciento
por tener la condición de familia numerosa de categoría general.
g) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que se señalan en
el punto 3.2 de la base tercera.

cve: BOE-A-2022-15678
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Núm. 231