III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-15694)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Transportes y Movilidad, por la que se publican Convenios de colaboración para la gestión de las subvenciones dentro del programa de eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132549
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y en el artículo 35 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre.
Decimotercera.
Protección de datos y transparencia.
En la ejecución de las actuaciones reguladas en el presente convenio será de
aplicación la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos.
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal
de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1 b) de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.
Decimocuarta.
Naturaleza y régimen jurídico.
El presente convenio es de naturaleza jurídico-administrativa y se rige por lo
establecido en los artículos 47 y siguientes del capítulo VI del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por el
resto de la normativa a la que se hace referencia en la cláusula tercera.
Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación,
resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, que
no hayan sido resueltas por la comisión de seguimiento prevista en la cláusula
undécima, deberán solventarse mediante acuerdo entre las partes.
En caso de que no se alcanzara el acuerdo con la aplicación de los mecanismos
expuestos, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman este documento, en el lugar
y fecha indicados en la última firma digital realizada.–La Secretaria General de
Transportes y Movilidad, María José Rallo del Olmo.–El representante de la entidad
colaboradora Suardiaz Atlántica SL, Juan Riva Francos.
ANEXO III
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana y Flota Suardiaz SL para la gestión de las subvenciones del eco-incentivo
para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito
ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia
7 de septiembre de 2022.
De una parte, D.ª María José Rallo del Olmo, Secretaria General de Transportes y
Movilidad, nombrada por el Real Decreto 353/2020, de 11 de febrero, actuando en
ejercicio de las competencias delegadas por la Ministra de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, en nombre y representación del citado Ministerio.
De otra parte, D. Juan Riva Francos, con DNI: ***9041**, en nombre y representación
de Flota Suardiaz, SL (en adelante «Entidad Colaboradora»), con NIF: B80504301 y
domicilio social en Calle Ayala n.º: 6, Madrid, con CP: 28001, Provincia de Madrid.
cve: BOE-A-2022-15694
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132549
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y en el artículo 35 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre.
Decimotercera.
Protección de datos y transparencia.
En la ejecución de las actuaciones reguladas en el presente convenio será de
aplicación la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos.
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal
de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1 b) de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.
Decimocuarta.
Naturaleza y régimen jurídico.
El presente convenio es de naturaleza jurídico-administrativa y se rige por lo
establecido en los artículos 47 y siguientes del capítulo VI del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por el
resto de la normativa a la que se hace referencia en la cláusula tercera.
Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación,
resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, que
no hayan sido resueltas por la comisión de seguimiento prevista en la cláusula
undécima, deberán solventarse mediante acuerdo entre las partes.
En caso de que no se alcanzara el acuerdo con la aplicación de los mecanismos
expuestos, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman este documento, en el lugar
y fecha indicados en la última firma digital realizada.–La Secretaria General de
Transportes y Movilidad, María José Rallo del Olmo.–El representante de la entidad
colaboradora Suardiaz Atlántica SL, Juan Riva Francos.
ANEXO III
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana y Flota Suardiaz SL para la gestión de las subvenciones del eco-incentivo
para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito
ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia
7 de septiembre de 2022.
De una parte, D.ª María José Rallo del Olmo, Secretaria General de Transportes y
Movilidad, nombrada por el Real Decreto 353/2020, de 11 de febrero, actuando en
ejercicio de las competencias delegadas por la Ministra de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, en nombre y representación del citado Ministerio.
De otra parte, D. Juan Riva Francos, con DNI: ***9041**, en nombre y representación
de Flota Suardiaz, SL (en adelante «Entidad Colaboradora»), con NIF: B80504301 y
domicilio social en Calle Ayala n.º: 6, Madrid, con CP: 28001, Provincia de Madrid.
cve: BOE-A-2022-15694
Verificable en https://www.boe.es
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