III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-15700)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio de encomienda de gestión a la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de trabajos relacionados con el programa nacional de erradicación de la tuberculosis en especies domésticas y el plan de actuación frente a tuberculosis en especies silvestres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 132640

Ambas partes se reconocen entre sí la capacidad legal suficiente para obligarse en
este acto, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
Con fecha 22 de junio de 2020 el MAPA y la UCM suscribieron un convenio de
encomienda de gestión para la realización la realización de trabajos relacionados con
diversos temas de su interés relacionados con la gestión sanitaria de la fauna silvestre
en España y el Plan de Actuación frente a Tuberculosis en Especies Silvestres.
Dicho convenio, cuya vigencia finaliza el 2 de enero de 2023, tiene por objeto la
realización por el Centro de Vigilancia Sanitaria Veterinaria (VISAVET) perteneciente a la
UCM de actividades para la adaptación del Programa Nacional de Erradicación de la
Tuberculosis, incluido el Plan de Actuación frente a Tuberculosis en Especies Silvestres,
a la nueva normativa comunitaria en desarrollo con la finalidad de alcanzar un adecuado
estatus sanitario en el ganado y mejorar de esta forma la sanidad de la cabaña
ganadera.
Segundo.
Conforme a lo establecido en su cláusula séptima, previo acuerdo de las partes y
antes de la finalización del mismo, podrá prorrogarse por hasta dos años y seis meses
adicionales. Asimismo, la citada cláusula prevé que podrá ser modificado de mutuo
acuerdo entre las partes, mediante suscripción del oportuno acuerdo de modificación,
que deberá ser suscrito con anterioridad a la expiración del plazo de duración del mismo.
Tercero.
Para la correcta ejecución de los trabajos previstos en el citado convenio, las Partes
consideran necesario prorrogar su vigencia y modificar el presupuesto para su ejecución.
Por todo ello las partes acuerdan suscribir la presente Adenda de modificación y
prórroga que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de la presente adenda es la modificación y prórroga del Convenio de
encomienda de gestión suscrito el 22 de junio de 2020, entre el MAPA y la UCM para la
realización la realización de trabajos relacionados con diversos temas de su interés
relacionados con la gestión sanitaria de la fauna silvestre en España y el Plan de
Actuación frente a Tuberculosis en Especies Silvestres.
Segunda.

Prórroga del convenio.

Tercera.

Modificación de la cláusula quinta.

Las Partes acuerdan la modificación del presupuesto total así como de su
distribución en las anualidades prorrogadas, quedando redactado el primer apartado de
la cláusula quinta como sigue:
«1. El Presupuesto de Ejecución de este convenio asciende a un total
máximo de ochocientos veinticuatro mil setecientos setenta y cinco euros
(824.775,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 21.06.412D.640.08, de los

cve: BOE-A-2022-15700
Verificable en https://www.boe.es

Las Partes acuerdan prorrogar su vigencia por dos años y seis meses adicionales.