III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-15699)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Festival Internacional de Cine de Donostia-San Sebastián, SA, para la organización de la misión inversa de compradores del sector audiovisual, a celebrar en el marco de la 70.ª edición del Festival Internacional de Cine de Donostia-San Sebastián.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Lunes 26 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 132629

forma conjunta y, para ello, las Partes han decidido suscribir el presente convenio (en
adelante, el Convenio), que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración y apoyo
mutuo entre ICEX y el Festival para la elaboración, organización y ejecución de una
misión inversa a España de compradores del sector audiovisual norteamericano, en el
marco de la actividad «Spanish Screenings: Financing & Tech», al objeto de reforzar la
actividad promocional y comercial a nivel internacional de dicho sector y contribuir así a
su internacionalización (en adelante, la Misión Inversa).
Esta Misión Inversa tendrá lugar en Donostia-San Sebastián en el marco de la 70.ª
edición del Festival Internacional de Cine de dicha ciudad que se celebrará entre los
días 16 y 24 de septiembre de 2022.
El Convenio se enmarca dentro del programa de fomento, modernización y
digitalización del sector digital, previsto dentro de la inversión 1 del componente 25 del
PRTR del Gobierno español, que tiene como objetivo mejorar la competitividad,
competencia y resiliencia del tejido empresarial y creativo del sector audiovisual. Dentro
de este programa se contemplan acciones de promoción e internalización del sector
audiovisual, como la del objeto de este Convenio, que tienen como objetivo específico la
puesta en marcha de diversos mecanismos para explotar y exportar todo el potencial de
nuestra industria audiovisual y del talento local en un entorno global reforzando el apoyo
para el acceso a mercados internacionales, foros de negocio, plataformas y laboratorios
de desarrollo de proyectos, que son los principales entornos de compra/venta, promoción
y networking para profesionales.
Segunda.

Obligaciones de las Partes.

Para la realización del objeto del Convenio, las Partes se comprometen a realizar las
siguientes actuaciones:
a)

Obligaciones que asumen conjuntamente:

Realización del programa general de la Misión Inversa.
Preparar un presupuesto previo de la Misión Inversa.
Captación de los participantes en la Misión Inversa.
En todas las referencias, actos, reseñas periodísticas o publicaciones relacionadas
con la Misión Inversa, las Partes se preocuparán de que se mencione expresamente la
colaboración de las mismas y figurarán sus logotipos.
Difundir a través de sus canales habituales, y con la intensidad que estime
conveniente, la Misión Inversa.
Para el correcto seguimiento del desarrollo de la Misión Inversa, realizarán un
seguimiento y evaluación de la misma.

Las Partes deberán cumplir las obligaciones, europeas y nacionales, relativas a la
financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. A tal
efecto, deberán atenerse a lo siguiente:
Se someterán a las actuaciones de control de las instituciones de la Unión Europea,
en virtud del artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

cve: BOE-A-2022-15699
Verificable en https://www.boe.es

Adicionalmente, en el marco del PRTR: