III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15579)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., y la Autoridad Portuaria de Santander, para colaborar en la organización del encuentro «El desafío energético de los puertos: cambio climático, descarbonización y nuevas oportunidades de negocio».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131296
Los presentes declaran que las facultades y poderes con los que actúan se
encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados, y que, en
su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento;
capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio
propios dependiente del Ministerio de Universidades, según establece el Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario de alta
cultura, investigación y especialización en el que convergen actividades de distintos
grados y especialidades universitarias y que tiene como misión promover y difundir la
cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información científica
y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5
del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de
generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
II. Que la APS posee las competencias que le confiere el artículo 25 del Texto
Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, pudiendo realizar las funciones que se
detallan en el artículo 26 de la citada norma que, entre otras cuestiones, incluye en su
apartado n) la de impulsar la formación de su personal y desarrollar estudios e
investigaciones relacionadas con la actividad portuaria y la protección del medio
ambiente, así como colaborar en ello con otros puertos, organizaciones o empresas, ya
sean nacionales o extranjeras.
III. Que las partes firmantes, dentro de los fines que les son propios, coinciden en
su interés por organizar un encuentro sobre el desafío energético de los puertos: cambio
climático, descarbonización y nuevas oportunidades de negocio. El tema se considera de
la máxima actualidad y de incuestionable relevancia social y académica.
Conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y
recursos en una iniciativa conjunta para una mejor consecución del interés general que
ambas entidades tienen encomendado, ambas entidades acuerdan suscribir el presente
convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la APS para
la organización conjunta del encuentro «El desafío energético de los puertos: cambio
climático, descarbonización y nuevas oportunidades de negocio», que se celebrará
en 2022 en Santander, en el marco de la programación académica de la UIMP.
Las partes firmantes colaborarán en el orden académico, técnico, económico y
logístico para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del
encuentro, según las especificaciones de este convenio y con el objetivo común de
garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, prestigio profesional y
solvencia organizativa.
Segunda. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en los aspectos
académicos.
I. Siempre dentro de las normas sobre estructura y organización de cursos vigentes
en la UIMP y de las pautas sobre contenidos marcadas por ambas partes, y según se
recoge en la descripción y objetivos del encuentro que se adjunta como anexo, la
cve: BOE-A-2022-15579
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 230
Sábado 24 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 131296
Los presentes declaran que las facultades y poderes con los que actúan se
encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados, y que, en
su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento;
capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio
propios dependiente del Ministerio de Universidades, según establece el Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario de alta
cultura, investigación y especialización en el que convergen actividades de distintos
grados y especialidades universitarias y que tiene como misión promover y difundir la
cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información científica
y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5
del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de
generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
II. Que la APS posee las competencias que le confiere el artículo 25 del Texto
Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, pudiendo realizar las funciones que se
detallan en el artículo 26 de la citada norma que, entre otras cuestiones, incluye en su
apartado n) la de impulsar la formación de su personal y desarrollar estudios e
investigaciones relacionadas con la actividad portuaria y la protección del medio
ambiente, así como colaborar en ello con otros puertos, organizaciones o empresas, ya
sean nacionales o extranjeras.
III. Que las partes firmantes, dentro de los fines que les son propios, coinciden en
su interés por organizar un encuentro sobre el desafío energético de los puertos: cambio
climático, descarbonización y nuevas oportunidades de negocio. El tema se considera de
la máxima actualidad y de incuestionable relevancia social y académica.
Conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y
recursos en una iniciativa conjunta para una mejor consecución del interés general que
ambas entidades tienen encomendado, ambas entidades acuerdan suscribir el presente
convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la APS para
la organización conjunta del encuentro «El desafío energético de los puertos: cambio
climático, descarbonización y nuevas oportunidades de negocio», que se celebrará
en 2022 en Santander, en el marco de la programación académica de la UIMP.
Las partes firmantes colaborarán en el orden académico, técnico, económico y
logístico para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del
encuentro, según las especificaciones de este convenio y con el objetivo común de
garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, prestigio profesional y
solvencia organizativa.
Segunda. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en los aspectos
académicos.
I. Siempre dentro de las normas sobre estructura y organización de cursos vigentes
en la UIMP y de las pautas sobre contenidos marcadas por ambas partes, y según se
recoge en la descripción y objetivos del encuentro que se adjunta como anexo, la
cve: BOE-A-2022-15579
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 230