III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15527)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., y la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte, para colaborar en la realización del encuentro «La nueva regulación de la lucha contra el dopaje en el deporte».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229

Viernes 23 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 131093

La persona que se encargará de la dirección académica será designada de mutuo
acuerdo entre las partes a propuesta de la CELAD y nombrada por el órgano competente
de la UIMP.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias, por causa de imprevistos o
por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas instituciones a través de la
comisión de seguimiento del convenio.
II. La UIMP avalará académicamente este encuentro emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia de los alumnos.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de
admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Tercera.

Actuaciones de cada una de las partes. Organización y gestión.

I. Para la organización y celebración del encuentro objeto de este convenio las
partes firmantes asumen los siguientes compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades docentes, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo
público, de:
– En relación con el profesorado:
● Honorarios.
● Alojamiento y manutención.
● Viajes y transfers.
– Servicio de traducción simultánea.
– Publicidad de la celebración del encuentro dentro del plan general de publicidad de
la UIMP.
– Diseño y maquetación del programa y del resto del material promocional
(programas generales, web).
– Servicio de Secretaría de Alumnos.

– Organización, en su caso, de actos de inauguración y/o clausura y otros actos
protocolarios.
– Recopilación de la documentación del encuentro.
– Servicio de gabinete de prensa.
– Grabación en vídeo para su incorporación al archivo digital de la UIMP.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización del encuentro (locales, equipos audiovisuales e informáticos, limpieza,
mantenimiento, vigilancia y personal).
– Programa de actividades culturales complementarias.
b) La CELAD, por su parte, no asume ningún compromiso en relación con la
ejecución del encuentro. No obstante, la CELAD considera necesaria la asistencia al
encuentro de un grupo de 20 expertos y representantes de las distintas administraciones
públicas, etc., cubriendo el coste de su inscripción (precio de matrícula y tasa de gastos
de secretaría). La CELAD facilitará formalmente a la UIMP los datos de estas personas,

cve: BOE-A-2022-15527
Verificable en https://www.boe.es

● Información y matriculación de alumnos.
● Expedición de diplomas y certificaciones.