III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2022-15462)
Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 2 de agosto de 2022, de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción por puntos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Jueves 22 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 130417

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
15462

Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 2 de agosto de
2022, de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución
de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la
Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en
materia del permiso y licencia de conducción por puntos.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 31 de agosto de 2022.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de
Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la
Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia
de conducción por puntos
La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de
la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, de conformidad con las negociaciones previas
celebradas por el Grupo de Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el
Acuerdo de 16 de marzo de 2022 de la Subcomisión de Seguimiento Normativo,
Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, para
resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con la Ley 18/2021,
de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia del permiso y licencia de conducción
por puntos, en cuyo artículo único apartado Quince se modifica el artículo 56 (Lengua)
del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial, publicado en el BOE núm. 304, de 21 de diciembre de 2021, ha adoptado el
siguiente Acuerdo:

Ambas partes coinciden en interpretar el artículo 56 (Lengua) del texto refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en el sentido de
que las autoridades competentes titulares de las vías públicas rotularán las indicaciones
escritas que se incluyan o acompañen a los paneles de señalización de las vías públicas,
e inscripciones, en idioma castellano y en las lenguas oficiales de las comunidades
autónomas reconocidas en su respectivo estatuto de autonomía, sin perjuicio de sus
competencias, siempre que la seguridad vial resulte afectada.

cve: BOE-A-2022-15462
Verificable en https://www.boe.es

Primero.