III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15447)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Corporación de Radio y Televisión Española, Sociedad Anónima, S.M.E., el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en el marco del desarrollo del Plan de Educación Financiera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130317
expectativas y asuman una mejor gestión de los riesgos, conllevando en último término
una mayor estabilidad del sistema financiero.
Cuarto.
La Corporación RTVE en el marco del cumplimiento de las misiones de servicio
público de comunicación audiovisual que tiene encomendadas, comparte plenamente
este objetivo de fomentar la educación financiera de los ciudadanos y de sus audiencias
para que adquieran conocimientos y conciencia de que sus decisiones, en esta materia,
deben estar bien informadas para mejorar y responsabilizarse de su bienestar financiero
y del de la propia sociedad en su conjunto.
Quinto.
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Banco de España y
la CNMV desean colaborar con la Corporación RTVE en el fomento de la cultura
financiera de los ciudadanos y audiencias de los medios de comunicación, lineales y no
lineales ofrecidos por la Corporación, promoviendo la educación y mejor conocimiento
por parte de la población de la economía y las finanzas. Las cuatro instituciones
consideran de gran interés la colaboración entre ellas y se proponen realizar actuaciones
conjuntas que sirvan a la divulgación de la cultura financiera en el ámbito de la
comunicación audiovisual, así como de cualquier actividad que directa o indirectamente
se relacione con este objetivo.
Sexto.
Dicha colaboración se instrumentará a través del presente Convenio de colaboración
suscrito de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público (en adelante, la Ley 40/2015), en virtud del cual las partes se
comprometen a una serie de compromisos jurídicos concretos y exigibles.
Con carácter previo a la suscripción del presente Convenio, se ha elaborado la
oportuna memoria justificativa, en la que se analiza la necesidad y oportunidad del
Convenio y el carácter no contractual de la actividad que constituye su objeto, así como
el cumplimento del resto de requisitos determinados por la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por todo ello, las partes firmantes acuerdan las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del Convenio.
El objeto del presente Convenio es establecer las líneas de colaboración entre la
Corporación RTVE, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el
Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores para desarrollar y
extender el Plan de Educación Financiera en el ámbito de los medios de comunicación
gestionados por la Corporación RTVE.
Los resultados por la aplicación del Convenio y por el desarrollo del Plan serán
considerados propios del presente acuerdo y no logros por separado de cada una de las
partes firmantes.
Segunda. Seguimiento, vigilancia y control del Convenio. La Comisión de Coordinación
y su funcionamiento.
Con el fin de concretar las acciones específicas que se desarrollarán al amparo de
este Convenio, así como para dirimir las discrepancias y dudas que puedan surgir sobre
cve: BOE-A-2022-15447
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130317
expectativas y asuman una mejor gestión de los riesgos, conllevando en último término
una mayor estabilidad del sistema financiero.
Cuarto.
La Corporación RTVE en el marco del cumplimiento de las misiones de servicio
público de comunicación audiovisual que tiene encomendadas, comparte plenamente
este objetivo de fomentar la educación financiera de los ciudadanos y de sus audiencias
para que adquieran conocimientos y conciencia de que sus decisiones, en esta materia,
deben estar bien informadas para mejorar y responsabilizarse de su bienestar financiero
y del de la propia sociedad en su conjunto.
Quinto.
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el Banco de España y
la CNMV desean colaborar con la Corporación RTVE en el fomento de la cultura
financiera de los ciudadanos y audiencias de los medios de comunicación, lineales y no
lineales ofrecidos por la Corporación, promoviendo la educación y mejor conocimiento
por parte de la población de la economía y las finanzas. Las cuatro instituciones
consideran de gran interés la colaboración entre ellas y se proponen realizar actuaciones
conjuntas que sirvan a la divulgación de la cultura financiera en el ámbito de la
comunicación audiovisual, así como de cualquier actividad que directa o indirectamente
se relacione con este objetivo.
Sexto.
Dicha colaboración se instrumentará a través del presente Convenio de colaboración
suscrito de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público (en adelante, la Ley 40/2015), en virtud del cual las partes se
comprometen a una serie de compromisos jurídicos concretos y exigibles.
Con carácter previo a la suscripción del presente Convenio, se ha elaborado la
oportuna memoria justificativa, en la que se analiza la necesidad y oportunidad del
Convenio y el carácter no contractual de la actividad que constituye su objeto, así como
el cumplimento del resto de requisitos determinados por la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por todo ello, las partes firmantes acuerdan las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del Convenio.
El objeto del presente Convenio es establecer las líneas de colaboración entre la
Corporación RTVE, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el
Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores para desarrollar y
extender el Plan de Educación Financiera en el ámbito de los medios de comunicación
gestionados por la Corporación RTVE.
Los resultados por la aplicación del Convenio y por el desarrollo del Plan serán
considerados propios del presente acuerdo y no logros por separado de cada una de las
partes firmantes.
Segunda. Seguimiento, vigilancia y control del Convenio. La Comisión de Coordinación
y su funcionamiento.
Con el fin de concretar las acciones específicas que se desarrollarán al amparo de
este Convenio, así como para dirimir las discrepancias y dudas que puedan surgir sobre
cve: BOE-A-2022-15447
Verificable en https://www.boe.es
Primera.