III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2022-15444)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, del Parque Móvil del Estado, por la que se publica la prórroga del Convenio con el Senado, sobre los servicios de automovilismo de carácter extraordinario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130294
3.º Que, habiendo manifestado su conformidad ambas partes, acuerdan la prórroga
del citado Convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Prorrogar por cuatro años, desde el 18 de septiembre de 2022 al 17 de septiembre
de 2026, el Convenio de colaboración entre el Senado y el Parque Móvil del Estado, para
ordenar la relación de los servicios de automovilismo de carácter extraordinario que
deban prestar por éste y sean solicitados por el Senado.
Segunda.
Durante el período de vigencia de la prórroga se mantendrán las condiciones que
rigen en el Convenio citado en materia de régimen económico, siendo el importe de la
prestación el recogido en las tarifas oficiales aprobadas y vigentes respecto a los
servicios proporcionados por el Parque Móvil del Estado.
cve: BOE-A-2022-15444
Verificable en https://www.boe.es
Y de conformidad con cuanto antecede en el ejercicio de las facultades que
legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, y obligando a las partes que cada
cual representan, se firma el presente Convenio, por triplicado, y a un solo efecto, en el
lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130294
3.º Que, habiendo manifestado su conformidad ambas partes, acuerdan la prórroga
del citado Convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Prorrogar por cuatro años, desde el 18 de septiembre de 2022 al 17 de septiembre
de 2026, el Convenio de colaboración entre el Senado y el Parque Móvil del Estado, para
ordenar la relación de los servicios de automovilismo de carácter extraordinario que
deban prestar por éste y sean solicitados por el Senado.
Segunda.
Durante el período de vigencia de la prórroga se mantendrán las condiciones que
rigen en el Convenio citado en materia de régimen económico, siendo el importe de la
prestación el recogido en las tarifas oficiales aprobadas y vigentes respecto a los
servicios proporcionados por el Parque Móvil del Estado.
cve: BOE-A-2022-15444
Verificable en https://www.boe.es
Y de conformidad con cuanto antecede en el ejercicio de las facultades que
legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, y obligando a las partes que cada
cual representan, se firma el presente Convenio, por triplicado, y a un solo efecto, en el
lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X