III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-15463)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con el Cabildo de Gran Canaria, en materia de meteorología y clima.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130420
servicios meteorológicos, climatológicos y medioambientales en la Isla de Gran Canaria,
así como en la gestión de los efectos de eventos meteorológicos que puedan provocar
riesgos naturales y tecnológicos.
En particular, ambos organismos tienen especial interés en promover actividades
científico-técnicas que contribuyan a la lucha contra el cambio climático y a mejorar la
capacidad científica, técnica y formativa de las instituciones, de entidades privadas y de
la sociedad en la Isla de Gran Canaria.
Concretamente en este Convenio marco se establece el alcance y los
procedimientos para la coordinación de las actuaciones entre la Administración del
Estado, a través de AEMET y la Administración del CGC, en las siguientes materias de
interés común:
a) Observación: Intercambio de datos de estaciones procedentes de las redes de
observación meteorológica y climatológica del CGC y de AEMET, así como las
actuaciones coordinadas en la planificación de la distribución y racionalización de estas
redes en la isla. Se contempla como prioritaria la armonización precisa de los niveles
alerta entre AEMET y CECOPIN.
b) Climatología: Realización de estudios climatológicos de interés para ambas
partes.
c) Predicción: Suministro de predicciones meteorológicas específicas de interés para
la región, así como la colaboración en el intercambio de información relativa a la
predicción meteorológica operativa. A destacar por su especial importancia, las
predicciones relativas a la protección ciudadana, así como aquellas situaciones de
emergencias con peligro para los bienes y personas. Transferencia continua de
conocimientos y tecnologías, en predicción y modelado de eventos, para posibilitar: De
AEMET, un enriquecimiento de sus sistemas expertos que mejore la definición de la
predicción y modelado de los eventos en los territorios insulares. De los centros insulares,
la posibilidad de trabajar localmente sus propios modelos contra los mismos sistemas de
AEMET, para registrar predicciones y modelos independientemente y propiciar
acercamientos teóricos y técnicos hacia un modelo de colaboración futuro más óptimo.
d) Calidad del aire y contaminación atmosférica: Suministro de la información
necesaria para describir la calidad del aire así como de las predicciones de dispersión de
contaminantes en los núcleos industriales y zonas limítrofes. Potenciar la investigación y los
estudios acerca de las relaciones entre la Meteorología y la Salud en el ámbito del CGC.
e) Cambio climático: Cooperación entre ambos organismos para la diagnosis de
causas e impactos del cambio climático en la isla mediante la realización de
proyecciones regionalizadas de cambio climático que permitan realizar el análisis de los
posibles impactos en los diferentes ecosistemas y sectores de actividad sensibles a las
condiciones climáticas.
f) Cooperación institucional: Ambas partes impulsarán las relaciones en la Región
Macaronesia para la observación y diagnóstico de fenómenos de cambio climático en
materia de meteorología e investigación de fenómenos de riesgo meteorológico,
oceanográfico y costero en esta área del Océano Atlántico.
g) Formación e investigación: Participación en programas conjuntos de formación
técnica y en proyectos de investigación, de utilidad para ambas partes.
h) Divulgación y cultura meteorológica: Colaboración en publicaciones y acciones
divulgativas de interés común a AEMET y el CGC, conducentes a la mejora de la cultura
de riesgo meteorológica y climatológica en la isla.
i) Implementación de Alerta Temprana: La implementación de la alerta temprana
para la reducción y gestión del riesgo de desastres es un objetivo prioritario para la
Unión Europea y Naciones Unidas, por lo que en el presente Convenio se alude a la
necesidad de implementar un sistema de alerta temprana con urgencia para los eventos
naturales adversos en la Isla derivados del cambio climático.
j) Otras materias: Atención de aquellas otras materias que sean de interés mutuo,
dentro de las disponibilidades de las partes y de las actividades que constituyen sus fines.
cve: BOE-A-2022-15463
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228
Jueves 22 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 130420
servicios meteorológicos, climatológicos y medioambientales en la Isla de Gran Canaria,
así como en la gestión de los efectos de eventos meteorológicos que puedan provocar
riesgos naturales y tecnológicos.
En particular, ambos organismos tienen especial interés en promover actividades
científico-técnicas que contribuyan a la lucha contra el cambio climático y a mejorar la
capacidad científica, técnica y formativa de las instituciones, de entidades privadas y de
la sociedad en la Isla de Gran Canaria.
Concretamente en este Convenio marco se establece el alcance y los
procedimientos para la coordinación de las actuaciones entre la Administración del
Estado, a través de AEMET y la Administración del CGC, en las siguientes materias de
interés común:
a) Observación: Intercambio de datos de estaciones procedentes de las redes de
observación meteorológica y climatológica del CGC y de AEMET, así como las
actuaciones coordinadas en la planificación de la distribución y racionalización de estas
redes en la isla. Se contempla como prioritaria la armonización precisa de los niveles
alerta entre AEMET y CECOPIN.
b) Climatología: Realización de estudios climatológicos de interés para ambas
partes.
c) Predicción: Suministro de predicciones meteorológicas específicas de interés para
la región, así como la colaboración en el intercambio de información relativa a la
predicción meteorológica operativa. A destacar por su especial importancia, las
predicciones relativas a la protección ciudadana, así como aquellas situaciones de
emergencias con peligro para los bienes y personas. Transferencia continua de
conocimientos y tecnologías, en predicción y modelado de eventos, para posibilitar: De
AEMET, un enriquecimiento de sus sistemas expertos que mejore la definición de la
predicción y modelado de los eventos en los territorios insulares. De los centros insulares,
la posibilidad de trabajar localmente sus propios modelos contra los mismos sistemas de
AEMET, para registrar predicciones y modelos independientemente y propiciar
acercamientos teóricos y técnicos hacia un modelo de colaboración futuro más óptimo.
d) Calidad del aire y contaminación atmosférica: Suministro de la información
necesaria para describir la calidad del aire así como de las predicciones de dispersión de
contaminantes en los núcleos industriales y zonas limítrofes. Potenciar la investigación y los
estudios acerca de las relaciones entre la Meteorología y la Salud en el ámbito del CGC.
e) Cambio climático: Cooperación entre ambos organismos para la diagnosis de
causas e impactos del cambio climático en la isla mediante la realización de
proyecciones regionalizadas de cambio climático que permitan realizar el análisis de los
posibles impactos en los diferentes ecosistemas y sectores de actividad sensibles a las
condiciones climáticas.
f) Cooperación institucional: Ambas partes impulsarán las relaciones en la Región
Macaronesia para la observación y diagnóstico de fenómenos de cambio climático en
materia de meteorología e investigación de fenómenos de riesgo meteorológico,
oceanográfico y costero en esta área del Océano Atlántico.
g) Formación e investigación: Participación en programas conjuntos de formación
técnica y en proyectos de investigación, de utilidad para ambas partes.
h) Divulgación y cultura meteorológica: Colaboración en publicaciones y acciones
divulgativas de interés común a AEMET y el CGC, conducentes a la mejora de la cultura
de riesgo meteorológica y climatológica en la isla.
i) Implementación de Alerta Temprana: La implementación de la alerta temprana
para la reducción y gestión del riesgo de desastres es un objetivo prioritario para la
Unión Europea y Naciones Unidas, por lo que en el presente Convenio se alude a la
necesidad de implementar un sistema de alerta temprana con urgencia para los eventos
naturales adversos en la Isla derivados del cambio climático.
j) Otras materias: Atención de aquellas otras materias que sean de interés mutuo,
dentro de las disponibilidades de las partes y de las actividades que constituyen sus fines.
cve: BOE-A-2022-15463
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 228