III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-15406)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas, para la realización del seminario "Universidades: Excelencia con alma".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 227

Miércoles 21 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 130027

III. Las partes vendrán obligadas a comunicarse por escrito la acreditación de la
concurrencia de la causa invocada.
IV. En el caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por alguna de las
partes, la parte que detectara dicho incumplimiento podrá notificar a la parte
incumplidora un requerimiento para que en el plazo de 15 días naturales cumpla con las
obligaciones o compromisos incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la
comisión de seguimiento del convenio. Si transcurrido dicho plazo persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora la concurrencia de la
causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio, con eficacia desde la
comunicación de dicha resolución al Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
V. En caso de extinción del convenio, tanto por cumplimiento como por resolución,
se procederá a la liquidación de los compromisos financieros de conformidad con lo
recogido en la cláusula cuarta y lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
Undécima.

Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier
desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del
presente convenio a través de la comisión de seguimiento del convenio. En caso de no
ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción
competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contenciosoadministrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en las fechas que se
indican en cada una de las firmas, tomándose como fecha de perfeccionamiento del
convenio la del último firmante.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, OA,
MP, Carlos Andradas Heranz, 2 de septiembre de 2022.–Por la Conferencia de Rectores
de las Universidades Españolas, Juan Romo Urroz, 6 de septiembre de 2022.
ANEXO

El objetivo del seminario es promover la reflexión y el debate sobre la necesidad del
cambio o evolución de una universidad docente e investigadora a una universidad
docente, investigadora, y transformadora de la sociedad, esto es, a universidades de
excelencia con alma.
El profesor Harry R. Lewis, quien fuera decano de Harvard College, escribió en 2006
un texto bajo el título «Excelencia sin alma. Cómo una gran universidad olvidó la
educación», aportando una visión diferente y crítica de esta institución, aclamada
internacionalmente por su excelencia académica y clasificada entre las mejores
universidades del mundo en los ránquines universitarios (ARWU, QS, THE y ARTU),
pero que –a su juicio– adolecía de la necesaria atención a la formación y educación
integral de sus estudiantes en los valores universitarios, su alma mater. Este texto
invitaba a la reflexión sobre la necesidad del cambio o evolución de una universidad
docente e investigadora a otra que, además, tenga la capacidad de transformar la
sociedad.
Cabe recordar que, en el siglo pasado, el modelo de universidad «humboldtiana»
emergió con fuerza entre los mejores sistemas del mundo por su indisociable binomio de
institución docente e investigadora, y que solo reconocía como verdaderas universidades

cve: BOE-A-2022-15406
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Descripción y objetivos del seminario