III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-15405)
Resolución de 2 de septiembre de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con Libeen Smart Housing, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 227

Miércoles 21 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 130009

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
15405

Resolución de 2 de septiembre de 2022, de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con Libeen
Smart Housing, SL, para la realización de prácticas académicas externas por
parte de estudiantes de postgrado.

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P. y Libeen Smart Housing,
SL, han suscrito, con fecha 1 de septiembre de 2022, un convenio para que los alumnos
de los programas de postgrado de la UIMP puedan realizar en dicha empresa sus
prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares y proyectos de fin de
Máster, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo a esta resolución.
Santander, 2 de septiembre de 2022.–El Rector de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., M.P., P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), la Gerente,
María Boloqui Bastardés.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P. y Libeen
Smart Housing, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte
de estudiantes de postgrado de la UIMP
REUNIDOS

EXPONEN
I. Que la UIMP, creada por Decreto de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la
actualidad por el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobado
por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, está adscrita al Ministerio de Universidades
de España y tiene personalidad jurídica y patrimonio propios.
Que la UIMP, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, es un centro universitario
de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de

cve: BOE-A-2022-15405
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Carlos Andradas Heranz, en nombre y representación de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P. (en adelante UIMP) (entidad con
NIF Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su
condición de rector magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por
Real Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene
conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y, de otra parte, don José Manuel Cartes González, representante legal de Libeen
Smart Housing, SL (entidad con NIF B-88469036 y domicilio social en calle Piamonte, 23,
Madrid 28004) en su condición de CEO y cofundador y haciendo uso de los poderes
otorgados ante el notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, don Pablo de la
Esperanza Rodríguez, mediante escritura de fecha 4 de septiembre de 2019, con
número de protocolo 3.083, poderes que declara no le han sido revocados, ni
disminuidos.