V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2022-28523)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana relativo a la resolución de la presidencia del organismo por la que se acuerda someter a información pública el proyecto de las obras comprendidas en los proyectos de implantación de los planes de emergencia de las presas de Cornalvo, Montijo y Tentudía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 227

Miércoles 21 de septiembre de 2022

Sec. V-B. Pág. 44257

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

28523

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana relativo a la
re solución de la pre side ncia de l organismo por la que se acue rda
someter a información pública el proyecto de las obras comprendidas
en los proyectos de implantación de los planes de emergencia de las
presas de Cornalvo, Montijo y Tentudía.

La implantación de los planes de emergencia de las presas se encuadra dentro
del Anejo número 11 Plan de Medidas previsto en el Plan Hidrológico de la
Demarcación Hidrográfica del Guadiana, aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8
de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las
demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta,
Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas
del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.1 del citado Real Decreto 1/2016:
"De conformidad con el artículo 44.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas y el
artículo 91 del Reglamento de Planificación Hidrológica, se declaran de utilidad
pública a los efectos de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación
Forzosa, todas las infraestructuras relacionadas con los programas de medidas de
los planes hidrológicos que se aprueban por esta norma, precisas para la
consecución de los objetivos ambientales de las masas de agua. De la misma
forma, también se declaran de utilidad pública los terrenos que no sean de dominio
público y resulten necesarios para la materialización de las infraestructuras
indicadas".
Asimismo, el artículo 10 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre
expropiación forzosa declara que "la utilidad pública se entiende implícita, en
relación con la expropiación de inmuebles, en todos los planes de obras y servicios
del Estado, Provincia y Municipio".
La implantación de Planes de Emergencia es una obligación del titular de la
presa y embalse, fundamental para la seguridad de bienes y personas. Se deriva
del artículo 123bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas y de su desarrollo
reglamentario: artículos 364, 366, 367 y 368 del Reglamento del Dominio Público
Hidráulico y el muy reciente Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se
aprueban las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses.

Lo que se hace público mediante el presente anuncio para que aquellas
personas e instituciones que se consideren afectadas tanto por las obras descritas
en el proyecto, como por el impacto ambiental del mismo, formulen reclamaciones
por escrito ante el Director Técnico de la Confederación Hidrográfica del Guadiana,
en Badajoz, avenida Sinforiano Madroñero, 12, en el plazo de veinte (20) días
hábiles a contar desde la fecha de publicación de la presente nota extracto en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y durante este plazo y en horario de
atención al público en las oficinas de esta Confederación en Mérida (Badajoz),
situadas en la avenida Reina Sofía, 43, se les proporcionará vista y consulta del

cve: BOE-B-2022-28523
Verificable en https://www.boe.es

Por otra parte, la Dirección General del Agua ha acordado incluir la
implantación de los Planes de Emergencia de las presas del Estado en el Fondo
de Recuperación y Resiliencia, dotado con los Fondos Next Generation de la Unión
Europea.