V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2022-28457)
Resolución número 1336/2022 de 5 de septiembre de 2022 de la Dirección General de Energía, por la que se concede la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto denominado "Modificado al proyecto de ejecución de las líneas aéreas-subterráneas de transporte de energía eléctrica a 66 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación Vallitos de las líneas Chayofa - Los Olivos 1 y 2", con número de expediente SE-09R063.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de septiembre de 2022

Sec. V-B. Pág. 44104

Mediante escrito de referencia DTMA/TR/22-0193, de fecha 22 de marzo de
2022, el promotor toma razón de lo informado por el Organismo, indicando que
igualmente se ha remitido copia del proyecto al Área de Carreteras del Cabildo de
Tenerife para su pronunciamiento.
11) Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Canarias: Se
solicita emisión de informe en un plazo máximo de 30 días mediante oficio de
fecha 16 de febrero de 2022 constando acuse de recibo de igual fecha, no
recibiéndose contestación.
12) Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Canarias: Con fecha 4
de abril de 2022 se recibe informe que concluye que durante la fase de obra es
previsible que se produzca la exposición a polvo, gases, ruido y vibraciones a la
población, que podrían ser mitigados y/o minimizados mediante la adopción de
alguna medida de protección, no considerando necesario hacer alegaciones ni
condicionantes técnicos adicionales al proyecto presentado.
Mediante escrito de referencia DTMA/TR/22-0291, de fecha 4 de agosto de
2022, el promotor contesta a las alegaciones planteadas por la Dirección General
de Salud Pública, indicando que el estudio de impacto ambiental con que cuenta el
proyecto incluye las medidas a adoptar para mitigar o minimizar los posibles
impactos durante la fase de obras, disponiéndose de un Plan de Vigilancia de la
anterior versión del proyecto (expediente SE09/063, Boletín Oficial de Canarias
número 245 de 21 de diciembre de 2016). Dicho Plan se adaptará al reformado del
proyecto en curso una vez se obtenga la correspondiente autorización
administrativa sectorial de la Dirección General de Energía.
Dicha contestación es trasladada a la Dirección General de Salud Pública
mediante oficio de fecha 21 de abril de 2022, a los efectos de de que en el plazo
de diez días mostrara su conformidad o reparos a la misma, no recibiéndose
nuevas alegaciones.
13) Viceconsejería de Turismo del Gobierno de Canarias: Se solicita emisión
de informe en un plazo máximo de 30 días mediante oficio de fecha 16 de febrero
de 2022 constando acuse de recibo de fecha 22 de febrero de 2022, no
recibiéndose contestación.
14) Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la
Transición Ecológica: con fecha 1 de septiembre de 2022 emite informe favorable
de referencia "SGEE/aml/INF FAV_ES en Vallitos de L66kV Chayofa-Los Olivos", a
los efectos previstos en el artículo 35.2 de la 24/2013, de 26 de diciembre, en el
artículo 114 del Real Decreto 1955/2000.
15) Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana: Con fecha 28 de febrero de 2022 se recibe informe indicando
que ese Centro Directivo no tiene pronunciamientos que realizar en relación con el
procedimiento indicado sobre el proyecto, recordando, no obstante, que cualquier
construcción o instalación que se sitúe en una zona afectada por servidumbres
aeronáuticas, o que se eleve a una altura superior de 100 metros sobre el terreno o
sobre el nivel del mar dentro de aguas jurisdiccionales, requerirá el acuerdo previo
favorable de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), conforme a lo
dispuesto en los artículos 8, 30 y 31 del Decreto 584/72 sobre Servidumbres
Aeronáuticas.
Mediante escrito de referencia DTMA/TR/22-0127, de fecha 8 de marzo de

cve: BOE-B-2022-28457
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 226