II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-15323)
Resolución de 13 de septiembre de 2022, de la Universidad de Girona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Martes 20 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 129355

ANEXO 1
Bases de la convocatoria de los concursos para el acceso a plazas de cuerpos
docentes universitarios de la Universidad de Girona (Catedrático/a de Universidad)
(promoción interna)
I.

Disposiciones generales

Primera. Régimen jurídico.
1.1 Los concursos se regirán por lo dispuesto en materia de selección y provisión
de plazas de cuerpos docentes universitarios de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; la
Ley 7/2007, de 12 de abril, el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el cual se
establece la acreditación nacional para los accesos a los cuerpos docentes
universitarios, la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña, así como
el ACORD GOV/94/2011, de 7 de junio, por la que se aprueba la modificación de los
Estatutos de la Universidad de Girona y se dispone la publicación de su texto íntegro –
DOGC núm. 5897, de 9 de junio de 2011–.
1.2 Asimismo, es de aplicación a estos concursos el reglamento para la selección
de profesorado de los cuerpos docentes a la Universidad de Girona, aprobado por
acuerdo de Consejo de Gobierno número 4/09 de 30 de abril de 2009, así como las
bases de la presente convocatoria. En lo no previsto en las disposiciones anteriores se
aplicará lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
1.3 A efectos de estas bases, incluida la resolución de recursos en vía
administrativa, se considera inhábil el mes de agosto, así como los períodos de cierre de
la Universitat de Girona, en su caso declarados por instrucción de la Gerencia.
Segunda.

Plazas objeto de concurso y comisiones de selección.

2.1 Esta convocatoria tiene por objeto la provisión de las plazas que se detallan en
el anexo 2 de esta resolución
2.2 Respecto al citado anexo, los perfiles de las plazas lo son a efectos de la
presente convocatoria y del proceso de selección, y no implica ningún tipo de
exclusividad, especialmente por lo que se refiere a la docencia que puedan tener
asignada los candidatos o candidatas propuestos/as.
2.3 El procedimiento para la provisión de las plazas será de concurso, con un
proceso propio y un órgano de selección expresamente determinado para cada una de
las plazas, cuya composición se detalla en el anexo 2.
Tercera.

Requisitos para poder participar en los concursos.

a) Con carácter general:
a.1 Tener cumplidos dieciséis años y no superar la edad establecida de jubilación
forzosa establecida por la legislación vigente en la fecha de finalización del plazo para
presentar solicitudes.
a.2 Ser español. No obstante, también pueden participar en idénticas condiciones
que los españoles las personas nacidas en alguno de los otros estados miembros de la
Unión Europea o las personas nacidas en algún estado en el que, en virtud de los

cve: BOE-A-2022-15323
Verificable en https://www.boe.es

3.1 Para poder participar en los procesos selectivos de plazas de cuerpos docentes
universitarios, y poder optar a presentarse en esta convocatoria, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos generales de acceso a la función Pública (artículos 56
y 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público) y en
particular: