II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-15322)
Resolución de 13 de septiembre de 2022, de la Universidad de Girona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Martes 20 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 129346
Comisión de Selección del concurso de la igualdad de condiciones de los candidatos y
de los principios de mérito y capacidad de éstos en el procedimiento de los concursos de
acceso, de acuerdo con el artículo 64.1 de la Ley 4/2007, de 12 de abril. Examinando el
expediente en los referidos términos elevará su propuesta de resolución al rector/a que
tendrá que resolver de acuerdo con la misma ratificando o no la propuesta efectuada por
la Comisión de Selección.
12.5 Las resoluciones del/la rector/a agotan la vía administrativa y son impugnables
ante la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante, los interesados podrán
interponer recurso potestativo de reposición contra la resolución rectoral conforme al
artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Decimotercera.
Régimen de recursos.
13.1 La presente convocatoria, así como el resto de actos podrán ser recurridos
ante el rector/a de la Universitat de Girona de acuerdo con lo que establece el
artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
VI.
Decimocuarta.
Notificación y publicación de los actos
Práctica de la notificación.
14.1 Efectuada la publicidad prevista en estas bases se tendrán por notificados los
actos correspondientes a las personas interesadas de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 42 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
14.2 La publicación en el espacio web indicado no tendrá los efectos legales
previstos en el apartado anterior y únicamente se llevará a cabo para facilitar la consulta
de la información a los aspirantes.
VII. Protección de datos de carácter personal
Tratamiento de los datos personales.
15.1 Los datos personales que las personas concursantes proporcionen mediante
las solicitudes se incorporarán al fichero de Gestión del Personal creado, entre otras
finalidades, para la organización y gestión de convocatorias de acceso a puestos de
trabajo de la Universidad. Los datos no serán comunicados a otras administraciones
excepto en aquellos casos por los cuales existiera habilitación legal.
Responsable de tratamiento: Universidad de Girona.
Finalidad: registro de persones interesadas en trabajar en la Universidad, evaluación
de méritos, organización de las pruebas, resolución e información.
Legitimación: consentimiento de la persona interesada (art. 6.1.a RGPD) en el marco
de una relación previa a la formalización de un contrato (relación precontractual)
(art. 6.1.b RGPD).
Destinatarios: se publicarán datos identificativos para informar y notificar resultados
de acuerdo con las bases de la convocatoria.
Derechos de las personas interesadas: se pueden ejercer los derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición al tratamiento y solicitud de la limitación del
tratamiento dirigiéndose en primer término al Área de Recursos Humanos y de forma
general a la Secretaría General de la Universidad.
Se puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en
www.udg.edu/ca/protecciodedades.
cve: BOE-A-2022-15322
Verificable en https://www.boe.es
Decimoquinta.
Núm. 226
Martes 20 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 129346
Comisión de Selección del concurso de la igualdad de condiciones de los candidatos y
de los principios de mérito y capacidad de éstos en el procedimiento de los concursos de
acceso, de acuerdo con el artículo 64.1 de la Ley 4/2007, de 12 de abril. Examinando el
expediente en los referidos términos elevará su propuesta de resolución al rector/a que
tendrá que resolver de acuerdo con la misma ratificando o no la propuesta efectuada por
la Comisión de Selección.
12.5 Las resoluciones del/la rector/a agotan la vía administrativa y son impugnables
ante la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante, los interesados podrán
interponer recurso potestativo de reposición contra la resolución rectoral conforme al
artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Decimotercera.
Régimen de recursos.
13.1 La presente convocatoria, así como el resto de actos podrán ser recurridos
ante el rector/a de la Universitat de Girona de acuerdo con lo que establece el
artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
VI.
Decimocuarta.
Notificación y publicación de los actos
Práctica de la notificación.
14.1 Efectuada la publicidad prevista en estas bases se tendrán por notificados los
actos correspondientes a las personas interesadas de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 42 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
14.2 La publicación en el espacio web indicado no tendrá los efectos legales
previstos en el apartado anterior y únicamente se llevará a cabo para facilitar la consulta
de la información a los aspirantes.
VII. Protección de datos de carácter personal
Tratamiento de los datos personales.
15.1 Los datos personales que las personas concursantes proporcionen mediante
las solicitudes se incorporarán al fichero de Gestión del Personal creado, entre otras
finalidades, para la organización y gestión de convocatorias de acceso a puestos de
trabajo de la Universidad. Los datos no serán comunicados a otras administraciones
excepto en aquellos casos por los cuales existiera habilitación legal.
Responsable de tratamiento: Universidad de Girona.
Finalidad: registro de persones interesadas en trabajar en la Universidad, evaluación
de méritos, organización de las pruebas, resolución e información.
Legitimación: consentimiento de la persona interesada (art. 6.1.a RGPD) en el marco
de una relación previa a la formalización de un contrato (relación precontractual)
(art. 6.1.b RGPD).
Destinatarios: se publicarán datos identificativos para informar y notificar resultados
de acuerdo con las bases de la convocatoria.
Derechos de las personas interesadas: se pueden ejercer los derechos de acceso,
rectificación, supresión, oposición al tratamiento y solicitud de la limitación del
tratamiento dirigiéndose en primer término al Área de Recursos Humanos y de forma
general a la Secretaría General de la Universidad.
Se puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en
www.udg.edu/ca/protecciodedades.
cve: BOE-A-2022-15322
Verificable en https://www.boe.es
Decimoquinta.