III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-15345)
Resolución de 13 de septiembre de 2022, de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Cartagena, para la celebración del "Proyecto Mandarache" durante el periodo 2022-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Martes 20 de septiembre de 2022
Novena.
Sec. III. Pág. 129535
Régimen Jurídico aplicable y Orden Jurisdiccional competente.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y estará sujeto al régimen
jurídico previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación,
efectos, o resolución del contenido de este Convenio, se resolverán por las partes a
través de la Comisión mixta de seguimiento creada en la cláusula sexta de este
convenio, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo
amistoso extrajudicial.
En caso de que no puede ser solucionadas por esa Comisión, serán resueltas en el
marco de lo previsto en la ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2022-15345
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes suscriben el presente
Convenio, en dos ejemplares originales, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro
de Cultura y Deporte, Miquel Octavi Iceta i Llorens.–La Alcaldesa-Presidenta del
Ayuntamiento de Cartagena, Noelia María Arroyo Hernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 226
Martes 20 de septiembre de 2022
Novena.
Sec. III. Pág. 129535
Régimen Jurídico aplicable y Orden Jurisdiccional competente.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y estará sujeto al régimen
jurídico previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación,
efectos, o resolución del contenido de este Convenio, se resolverán por las partes a
través de la Comisión mixta de seguimiento creada en la cláusula sexta de este
convenio, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo
amistoso extrajudicial.
En caso de que no puede ser solucionadas por esa Comisión, serán resueltas en el
marco de lo previsto en la ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
cve: BOE-A-2022-15345
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes suscriben el presente
Convenio, en dos ejemplares originales, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro
de Cultura y Deporte, Miquel Octavi Iceta i Llorens.–La Alcaldesa-Presidenta del
Ayuntamiento de Cartagena, Noelia María Arroyo Hernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X