V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2022-28451)
Extracto de la Orden Ministerial por la que se aprueba la primera convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del Eco-Incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea - NextGenerationUE para el periodo de elegibilidad 2022-2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Martes 20 de septiembre de 2022

Sec. V-B. Pág. 44086

Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima de las subvenciones a conceder para la primera
convocatoria será inicialmente de 20.000.000 de euros. El gasto de las
subvenciones será imputable al ejercicio 2023 en el que recaerán las resoluciones
de concesión correspondientes, por lo que la concesión de las subvenciones
queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el
momento que se resuelva la concesión.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 1 de abril de
2023 hasta el 30 de junio de 2023 a las 12:00 horas.
Sexto. Otros datos
La solicitud deberá cumplimentarse a través de la sede electrónica del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana utilizando los formularios y
modelos específicos de documentos establecidos, que estarán disponibles para su
descarga en la misma.
La actividad subvencionable será el transporte internacional de mercancías por
carretera mediante la utilización de unidades elegibles que se realice total o
parcialmente por vía marítima entre puertos situados en el territorio de los Estados
miembros de la Unión Europea, en cualquiera de los servicios elegibles
establecidos en el anexo II de la convocatoria, y conforme a lo establecido en el
artículo 5 de las bases reguladoras.
El período de elegibilidad de las actividades subvencionables será desde la
fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado
hasta el 31 de marzo de 2023.
El pago de la subvención se llevará a cabo posteriormente al devengo de la
misma, en el ejercicio presupuestario en el que se haya realizado la solicitud.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de 6 meses
contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Madrid, 16 de septiembre de 2022.- La Ministra de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana. (P.D. Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre) La Secretaria
General de Transportes y Movilidad, María José Rallo del Olmo.

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X