II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-15216)
Resolución de 12 de septiembre de 2022, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se convoca concurso de movilidad voluntaria para proveer plazas de personal sanitario y no sanitario de Atención Especializada y Atención Primaria de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Lunes 19 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 128469
sanitaria (CIAS) que identifica la vacante de Atención Primaria a la que se adscribe al
solicitante que la obtenga.
Conforme a lo anterior, la persona participante que desee optar a una/s plaza/s de
resultas en Atención Primaria de la misma o equivalente categoría y/o especialidad, área
y modalidad, en su caso, deberá hacerlo constar en su solicitud, y desde su inicio,
consignando en la hoja de petición de plaza el/los CIAS de éstas plazas por orden de
preferencia. A tal fin, se publicarán en la página web de este Instituto los CIAS existentes
en Atención Primaria en las ciudades de Ceuta y Melilla. La solicitud de plaza en Centro
de Atención Especializada supone la petición de la totalidad de las vacantes convocadas
así como las de resultas.
1.3 A efectos de la equivalencia de categorías se estará a lo establecido en la
Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo
homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de
los servicios de salud, regulado por Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo (BOE de 7
de abril), y que se reproduce en el anexo III para las categorías convocadas.
1.4 El concurso se regirá por las presentes bases, por lo dispuesto en el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre,
del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, en los términos
previstos en dicha Ley, por lo establecido en el capítulo II, sección primera, del Real
Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión
de plazas en Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, en lo que no se oponga a lo
dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público. La presente convocatoria vincula
a la Administración General del Estado y a quienes participen en la misma.
Segunda.
Requisitos de participación.
a) Estar en activo o con reserva de plaza: se encuentra en esta situación el
personal estatutario fijo con nombramiento en la misma o equivalente categoría y/o
especialidad en la que participa, que se encuentre desempeñando con carácter definitivo
o tenga reserva de plaza de esa categoría en cualquier Servicio de Salud. Este personal
deberá haber tomado posesión de su plaza, con un año de antelación, como mínimo, a
la finalización del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
b) En situación distinta a la de activo y sin ostentar reserva de plaza: el personal
estatutario fijo que se encuentre en esta situación, deberá reunir los requisitos legales y
reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día de presentación de
solicitudes.
Si el personal procediera de la situación de excedencia voluntaria contemplada en
los apartados a) y c) del artículo 67.1. del Estatuto Marco, deberá acreditar la
permanencia en dicha situación durante un tiempo mínimo de dos años.
c) El personal estatutario fijo que se encuentre en situación de servicio activo
ocupando plaza con carácter provisional por reingreso en plazas dependientes del
Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, en las ciudades de Ceuta y Melilla, estará
obligado a participar en este concurso, solicitando, al menos, todas las plazas
convocadas/resultas de su categoría de su correspondiente Área, y en su caso,
modalidad, a la que esté adscrito. Estos participantes en cuanto a la petición de plazas
en Atención Primaria, deberán solicitar en resultas y desde el inicio, todas las plazas
cve: BOE-A-2022-15216
Verificable en https://www.boe.es
2.1 Podrá participar en este concurso de movilidad voluntaria el personal estatutario
fijo del Sistema Nacional de Salud con nombramiento en propiedad, en la misma o
equivalente categoría a la que se concurse excepto el personal declarado en suspensión
firme mientras dure la misma.
2.2 De conformidad con lo establecido en el Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de
enero, los concursantes, en la fecha de expiración del plazo para presentar solicitudes
de esta convocatoria, deberán encontrarse en alguna de las situaciones siguientes:
Núm. 225
Lunes 19 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 128469
sanitaria (CIAS) que identifica la vacante de Atención Primaria a la que se adscribe al
solicitante que la obtenga.
Conforme a lo anterior, la persona participante que desee optar a una/s plaza/s de
resultas en Atención Primaria de la misma o equivalente categoría y/o especialidad, área
y modalidad, en su caso, deberá hacerlo constar en su solicitud, y desde su inicio,
consignando en la hoja de petición de plaza el/los CIAS de éstas plazas por orden de
preferencia. A tal fin, se publicarán en la página web de este Instituto los CIAS existentes
en Atención Primaria en las ciudades de Ceuta y Melilla. La solicitud de plaza en Centro
de Atención Especializada supone la petición de la totalidad de las vacantes convocadas
así como las de resultas.
1.3 A efectos de la equivalencia de categorías se estará a lo establecido en la
Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo
homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de
los servicios de salud, regulado por Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo (BOE de 7
de abril), y que se reproduce en el anexo III para las categorías convocadas.
1.4 El concurso se regirá por las presentes bases, por lo dispuesto en el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre,
del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, en los términos
previstos en dicha Ley, por lo establecido en el capítulo II, sección primera, del Real
Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión
de plazas en Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, en lo que no se oponga a lo
dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público. La presente convocatoria vincula
a la Administración General del Estado y a quienes participen en la misma.
Segunda.
Requisitos de participación.
a) Estar en activo o con reserva de plaza: se encuentra en esta situación el
personal estatutario fijo con nombramiento en la misma o equivalente categoría y/o
especialidad en la que participa, que se encuentre desempeñando con carácter definitivo
o tenga reserva de plaza de esa categoría en cualquier Servicio de Salud. Este personal
deberá haber tomado posesión de su plaza, con un año de antelación, como mínimo, a
la finalización del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
b) En situación distinta a la de activo y sin ostentar reserva de plaza: el personal
estatutario fijo que se encuentre en esta situación, deberá reunir los requisitos legales y
reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día de presentación de
solicitudes.
Si el personal procediera de la situación de excedencia voluntaria contemplada en
los apartados a) y c) del artículo 67.1. del Estatuto Marco, deberá acreditar la
permanencia en dicha situación durante un tiempo mínimo de dos años.
c) El personal estatutario fijo que se encuentre en situación de servicio activo
ocupando plaza con carácter provisional por reingreso en plazas dependientes del
Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, en las ciudades de Ceuta y Melilla, estará
obligado a participar en este concurso, solicitando, al menos, todas las plazas
convocadas/resultas de su categoría de su correspondiente Área, y en su caso,
modalidad, a la que esté adscrito. Estos participantes en cuanto a la petición de plazas
en Atención Primaria, deberán solicitar en resultas y desde el inicio, todas las plazas
cve: BOE-A-2022-15216
Verificable en https://www.boe.es
2.1 Podrá participar en este concurso de movilidad voluntaria el personal estatutario
fijo del Sistema Nacional de Salud con nombramiento en propiedad, en la misma o
equivalente categoría a la que se concurse excepto el personal declarado en suspensión
firme mientras dure la misma.
2.2 De conformidad con lo establecido en el Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de
enero, los concursantes, en la fecha de expiración del plazo para presentar solicitudes
de esta convocatoria, deberán encontrarse en alguna de las situaciones siguientes: