II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-15141)
Resolución de 8 de septiembre de 2022, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 127427

Humanos de la Universidad de Almería. Los méritos no justificados en el plazo
establecido al efecto no podrán ser valorados en la fase de concurso
7.2 Finalizado el segundo ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal dictará
resolución aprobando la relación provisional de aspirantes que hayan obtenido una
calificación igual o superior a la exigida para su superación, así como la puntuación
provisional obtenida en la fase de concurso por aquellos aspirantes que hubieran superado,
al menos, el primer ejercicio. Dicha Resolución establecerá un plazo de tres días hábiles
contados a partir del día siguiente al de su publicación, para la presentación de alegaciones.
7.3 Una vez resueltas las alegaciones a las que se refiere el párrafo anterior, el
Tribunal hará pública nueva Resolución aprobando la relación definitiva de aspirantes
que han superado el segundo ejercicio de la fase de oposición y aprobando la
puntuación definitiva obtenida por los aspirantes en la fase de concurso.
7.4 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública resolución por la
que se apruebe la relación de aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas
ordenados por orden de puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno
de los ejercicios de la fase de oposición, la puntuación obtenida en la fase de concurso, y
la calificación final, obtenida ésta última según lo dispuesto en el anexo I de esta
convocatoria. Al efecto de confeccionar dicha relación, el Tribunal declarará que han
superado las pruebas selectivas los aspirantes que hayan obtenido las calificaciones
finales más altas, sin que el número aspirantes propuestos supere el número de plazas
convocadas, tal como se establece en la base 5.11 de esta resolución.
7.5 Dichas relaciones serán elevadas al Rector de la Universidad con propuesta de
nombramiento de funcionarios de carrera.
7.6 En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación en el Servicio
de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de las relaciones de aprobados a
que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán
presentar, en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, los siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
que imposibiliten para el servicio.
b) Fotocopia debidamente compulsada del título de Grado, Licenciado, Diplomado
Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III a esta
convocatoria.
7.7 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
7.8 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se
procederá al nombramiento de funcionarios/as de carrera, mediante Resolución que se
publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
8.

Lista de espera

8.1 Una vez finalizadas las pruebas selectivas, se elaborará una lista de espera con
el fin de atender las necesidades urgentes e inaplazables que se produzcan, mediante
nombramiento como funcionarios interinos. Dichos nombramientos, así como las
correspondientes revocaciones, se efectuarán según lo dispuesto en el artículo 10 de
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

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Núm. 223