II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-15141)
Resolución de 8 de septiembre de 2022, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 127425

hará pública igualmente la composición del Tribunal Calificador de estas pruebas
selectivas y se recogerá el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 Las personas que figuren excluidas dispondrán de un plazo de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la anterior Resolución en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de
producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes
comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación de
exclusiones, sino, además, que sus datos identificativos constan en la pertinente relación
de personas admitidas. Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la
exclusión o no aleguen la omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación
en el proceso selectivo. Contra la exclusión definitiva de las personas aspirantes podrá
interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante
el órgano que dictó el acto, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente.
4.3 Procederá la devolución de los precios públicos exigidos cuando no se realice
su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá
devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión del
proceso selectivo por causa imputable a la persona aspirante, por lo que en el supuesto
de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los documentos exigidos en la
convocatoria, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen. La devolución
se efectuará una vez finalizado el proceso selectivo.
5.

Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas será nombrado en la
forma prevista en el apartado 4.1
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos circunstancias de las
previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. Asimismo, los
aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las
circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará resolución por
la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que
hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base.
5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del
Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de
sus miembros. En la sesión de constitución, el Tribunal acordará todas las decisiones que le
correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los
casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen
pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus
especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector
de la Universidad de Almería.
5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma para que los aspirantes con minusvalías gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás aspirantes. En este

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