III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-15154)
Resolución de 8 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Soria, para la implantación de Centros Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223

Viernes 16 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 127944

Tercera. Obligaciones de las partes.
Con carácter específico se asumen por cada una de las partes, de acuerdo con el
contenido y alcance que se establecen en el clausulado de este convenio, las siguientes
obligaciones:
1.

Por el MITECO:

a) Prestar el apoyo técnico y la coordinación que sean necesarias para la creación
y puesta en marcha de los Centros Orientados al Networking Empresarial, la
Cooperación y el Teletrabajo.
b) Elaborar, junto con la Diputación Provincial, la propuesta de catálogo de servicios
y actividades de los Centros Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el
Teletrabajo.
c) Acordar, junto con la Diputación Provincial, un punto de recepción de proyectos
para el establecimiento de los Centros Orientados al Networking Empresarial, la
Cooperación y el Teletrabajo.
d) Definir, junto con la Diputación Provincial, la ubicación geográfica de los Centros
Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo, conforme a
criterios cohesión territorial.
2.

Por la Diputación de Soria:

a) Poner a disposición de los Centros Orientados al Networking Empresarial, la
Cooperación y el Teletrabajo las sedes físicas situadas en los municipios objeto de la
actuación, acondicionada y dotada con las conexiones, el mobiliario y los equipos
informáticos necesarios para su funcionamiento.
b) Aportar el personal necesario, ya sea propio de la Diputación o mediante
contratación de profesionales expresamente para el funcionamiento de los Centros
Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo. En caso de que
se trate de personal propio, la incorporación deberá realizarse atendiendo a las normas
vigentes en materia de empleo público.
c) Contribuir con la organización, los medios técnicos y las infraestructuras de que
disponga y que sean necesarias para ejecutarlos.
d) Presentar a la SGRD la justificación y documentación de los gastos imputables al
convenio dentro de los plazos señalados en el mismo.
e) Acordar, junto con el Ministerio, un punto de recepción de proyectos para el
establecimiento de los Centros Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y
el Teletrabajo.
f) Definir, junto con el Ministerio, la ubicación geográfica de los Centros Orientados
al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo, conforme a criterios de
cohesión territorial.
Financiación.

El coste total de las actuaciones dirigidas al desarrollo de CONECT en el marco del
presente convenio asciende a un máximo de 1.695.000 euros, de acuerdo con lo previsto
en el anexo del presente convenio.
Para el cumplimiento de los objetivos y el desarrollo de las actuaciones previstas en
este convenio, el MITECO contribuirá con la cantidad de 1.565.000 euros para todo el
periodo de vigencia del convenio, para la puesta en marcha de los Centros Orientados al
Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo, que se abonará a la Diputación
Provincial mediante transferencia bancaria, de acuerdo con lo dispuesto en el cuadro de
anualidades que figura en la presente cláusula. Para afrontar el coste de la inversión
existe crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 23.14.456E.461.02
y 23.14.456E.761.02 del presupuesto de gastos de la Dirección General de Políticas
contra la Despoblación.

cve: BOE-A-2022-15154
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.