III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-15154)
Resolución de 8 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Soria, para la implantación de Centros Orientados al Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 127941

Un plan de apoyo a las farmacias rurales, cuyo objetivo es contribuir al
mantenimiento de las oficinas de farmacia ubicadas en municipios de menos de 1.000
habitantes.
Finalmente, un Plan de mejora de la accesibilidad y eficiencia energética en
viviendas particulares, cuyo objetivo es contribuir a la fijación de población en el medio
rural de la provincia de Soria, dado que uno de los factores que contribuye al abandono
del territorio es precisamente la vivienda.
Además, la provincia de Soria y sus municipios, están en situación de vulnerabilidad
territorial que se manifiesta en una pérdida de población tal y como se especifica a
continuación:
La provincia de Soria contaba con 150.462 habitantes en 1900 y, según los datos
oficiales del Instituto Nacional de Estadística correspondientes al año 2020, tiene 88.884
habitantes, lo que supone que en este tiempo, más de un siglo, ha perdido 61.578
habitantes, el 40,93 % de su población, y desde el año 2011 se han perdido 6.339
habitantes, un 6,66 % de su población.
Si nos fijamos en la evolución de la población desde el año 1900 en algunas de las
provincias cercanas, vemos que en La Rioja se ha producido un aumento del 68,93 %,
en Navarra un aumento del 114,91 %, y en Álava un aumento del 246,46 %.
Y, si bien, en los últimos dos años, según los datos del INE, puede observarse un
ínfimo incremento de población de 284 habitantes, un 0,32 %, podemos deducir que ese
aumento de población no ha frenado la sangría en el medio rural, pues el aumento se ha
producido en Soria capital, sumando 709 habitantes, lo que quiere decir que los
municipios rurales han seguido con su declive poblacional.
La provincia de Soria, con una extensión de 10.306,42 km2, tiene actualmente 8,62
hab/km2, siendo la provincia con menos habitantes de España, y si no tenemos en
cuenta los datos de la capital de provincia, los datos nos dicen que en la provincia de
Soria tenemos 4,89 hab/km2.
De los 183 municipios de la provincia, el que más población tiene, sin contar con la
ciudad de Soria capital que tiene 39.821 habitantes, es Almazán con 5.477 habitantes, y
únicamente 18 municipios tienen más de 500 habitantes.
En los 164 municipios restantes, que ocupan el 67,24 % del territorio de la provincia,
hay 14.105 habitantes, lo que supone una cifra de 2,04 hab/km2.
La Unión Europea determina como «desierto demográfico» todas aquellas regiones
escasamente pobladas, por debajo de 10 habitantes por kilómetro cuadrado, por lo que
la provincia de Soria se encuentra por debajo de ese umbral, y si dejamos al margen los
datos de la ciudad de Soria, vemos que la realidad es que tenemos 4,89 hab/km2, muy
por debajo de la cifra que marca la Unión Europea como «desierto demográfico».
IV. El artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, establece que las Administraciones públicas y sus organismos públicos,
en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de
derecho público, que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la
utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a la realización de
actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera.
V. En el marco de sus respectivas competencias, y teniendo en cuenta el alto grado
de convergencia existente entre las líneas de trabajo expuestas, las partes han decidido
impulsar conjuntamente la constitución y el funcionamiento de Centros Orientados al
Networking Empresarial, la Cooperación y el Teletrabajo en municipios de su territorio
provincial con una población igual o inferior a los 5.000 habitantes y en aquellos
municipios que, superando este número, sitúen el centro en entidades singulares con
una población inferior a los 5.000 habitantes.

cve: BOE-A-2022-15154
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Núm. 223