III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2022-15153)
Orden APA/893/2022, de 6 de septiembre, por la que se definen los bienes, los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los períodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de uva de vinificación en la Comunidad Autónoma de Canarias, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223

Viernes 16 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 127924

ANEXO III
Criterios para el establecimiento de la Base de Datos
Información básica y criterios adoptados para la selección de explotaciones incluidas
expresamente en la base de datos y el cálculo del rendimiento máximo a efectos del
seguro
1.

Base de datos de partida.

Base de datos de explotaciones situadas en la Comunidad Autónoma de Canarias
para el Plan 2020 (cosecha 2021).
Sobre la base de datos de partida, se ha incorporado la siguiente información de
aseguramiento:
Seguro para explotaciones vitícolas en la Comunidad Autónoma de Canarias
(Línea 313) Plan 2019 (cosecha 2020) y Plan 2020 (cosecha 2021).
La información contenida en esas bases ha permitido conocer, para cada viticultor
incluido en ellas, los siguientes datos principales:
NIF/CIF del viticultor.
Ámbito: provincia, comarca y término municipal.
Superficie asegurada.
Cultivo: clasificado en uvas Blancas y uvas Tintas.
Rendimiento expresado en kg/ha. Los rendimientos que resultan superiores
a 12.000 kg/ha se topan a este valor. No se considerarán rendimientos asegurados
superiores a 20.000 kg/ha ni inferiores a 1.000 kg/ha.
2.

Viticultores titulares de explotaciones incluidos en la base de datos.

Se han considerado como individualizables aquellas explotaciones que presentan
datos de aseguramiento en al menos 3 de las cosechas 2017 a 2021 y aquellos que
presentan datos de aseguramiento en los módulos 1, 2, 3 y P en las dos últimas
cosechas (2020 y 2021).
3.

Reconstrucción de la serie.

4.

Cálculo de rendimientos por explotación.

El cálculo del rendimiento por explotación, para cada cultivo, se ha fijado en función
de la media de las últimas 5 cosechas 2017 a 2021, ambas inclusive.
Una vez calculados los rendimientos por explotación, obtenidos por viticultor y
cultivo, se ha empleado un redondeo del mismo a 0-50 kg.

cve: BOE-A-2022-15153
Verificable en https://www.boe.es

El cálculo de los rendimientos máximos asegurables se ha obtenido a partir de las
producciones de uva de la superficie declarados por cada viticultor a lo largo de una
serie de 10 años de información (cosechas 2012 a 2021).
En algunos casos ha sido necesario completar la serie exigida de diez años, teniendo
que reconstruir aquellas que estuvieran incompletas.
La reconstrucción de las series incompletas se ha efectuado asignando un
rendimiento a las campañas sin información, en función de unos rendimientos zonales
medios, establecidos para cada comarca y corregidos por un coeficiente productor cuyo
valor depende de los datos propios del viticultor comparados con los de su zona.
Además, se han corregido rendimientos atípicos, para aquellos años con datos
reconstruidos, considerando como tales aquellos que superen el rendimiento zonal en
dos veces la desviación típica.