II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2022-15059)
Resolución de 8 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 127033

Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
3.1 Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Dirección
General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, ajustándose a los
modelos publicados como anexos a esta Resolución, y se presentarán en el plazo de
quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Las instancias se presentarán a través del Portal Funciona, https://
www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, siendo imprescindible
la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin
perjuicio de lo indicado en esta base. Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la
siguiente ruta: Espacio SIGP/Mis servicios de RR.HH./Concurso de méritos.
En el caso de que la persona concursante no pueda acceder en su puesto de trabajo
a estos medios, lo pondrá en conocimiento de la Unidad de personal del Ministerio u
Organismo donde presta servicios, la cual le deberá facilitar dicho acceso. Si ello no
resultara posible por causas técnicas o de otra índole, esta Unidad de personal informará
a la persona concursante que la instancia la puede presentar cumplimentando los
correspondientes
anexos
que
aparecen
publicados
en
https://
www.culturaydeporte.gob.es/cultura/areas/cine/informacion-servicios/sc/concursosicaa.html, y dirigirlos a dicha Unidad de personal, la cual asumirá la tramitación de la
solicitud. En todo caso, se garantiza el derecho de las personas concursantes a
presentar su solicitud de participación en el concurso.
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que
no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter
excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La forma de presentación no telemática o a través de las unidades de personal será
admitida en los casos expresamente previstos en esta base. En ningún caso, podrá
presentarse de forma no electrónica una solicitud complementaria de una solicitud
electrónica.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta.
La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
Anexo II: Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal (salvo en el supuesto de funcionarios y funcionarias destinados en
este Organismo, que no será necesaria su presentación).
Anexo III: Solicitud de participación.
Anexo IV: Puestos solicitados por orden de preferencia.
Anexo V: Consentimiento del funcionario o funcionaria que concursa, en
representación de su hijo/a menor, para consulta en el Sistema de Verificación de Datos
de Residencia de los datos de empadronamiento del/de la menor.
Anexo VI: Consentimiento del familiar dependiente para consulta en el Sistema de
Verificación de Datos de Residencia de sus datos de empadronamiento.
Además, deberán presentarse los certificados donde consten los puestos
desempeñados y las funciones desarrolladas por el concursante, así como fotocopia de
los cursos de formación y perfeccionamiento, realizados o impartidos, que recoja la
convocatoria y que no hayan sido certificados en el anexo II.

cve: BOE-A-2022-15059
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 222