III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15019)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., y la Autoridad Portuaria de Santander, para colaborar en la organización de un encuentro titulado "La transformación digital de los puertos: nuevas tecnologías, nuevas formas de pensar y actuar".
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221

Miércoles 14 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 126776

Comunidades Autónomas de restricción de la movilidad, o de cualquier otro tipo,
derivadas de la gestión de situaciones de pandemia o emergencia sanitaria.
f) Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.
III. Las partes vendrán obligadas a comunicarse por escrito la acreditación de la
concurrencia de la causa invocada.
IV. En el caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por alguna de las
partes, la parte que detectara dicho incumplimiento podrá notificar a la parte
incumplidora un requerimiento para que en el plazo de 15 días naturales cumpla con las
obligaciones o compromisos incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la
Comisión de Seguimiento del convenio. Si transcurrido dicho plazo persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora la concurrencia de la
causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio, con eficacia desde la
comunicación de dicha resolución al Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
V. En caso de extinción del convenio, tanto por cumplimiento como por resolución,
se procederá a la liquidación de los compromisos financieros de conformidad con lo
recogido en la cláusula cuarta y lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
Undécima.

Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el
Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier
desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del
presente convenio a través de la comisión de seguimiento del convenio. En caso de no
ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción
competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contenciosoadministrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en las fechas que se
indican en cada una de las firmas, tomándose como fecha de perfeccionamiento del
convenio la del último firmante.–El Rector Magnífico de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., M.P., Carlos Andradas Heranz.–El Presidente de la Autoridad
Portuaria de Santander, Francisco Luis Martín Gallego.
ANEXO

El propósito principal del encuentro «La transformación digital de los puertos: nuevas
tecnologías, nuevas formas de pensar y actuar» es el de explorar, reflexionar y debatir
sobre algunos de los ejes clave en torno a los que gira el diseño, planificación e
implementación de estrategias de transformación digital en los puertos. Con este
encuentro se pretende dar continuidad al celebrado el pasado año bajo el título de «Las
tecnologías exponenciales y su impacto en los puertos y sus cadenas logísticas».
Para ello, sus contenidos se estructurarán en tres bloques.
En el primero, de perfil tecnológico, se abordarán los principales componentes sobre
los que se cimenta la transformación digital. De una parte, los datos, la materia prima de la
que se alimenta este proceso; y los algoritmos, los gestores artificiales de las masas de
datos. Y, de otro, la infraestructura TI elemental que lo soporta: los instrumentos de
captación digital de datos; las autopistas por las que éstos se transmiten y fluyen, es decir,
la conectividad; y, finalmente, las tecnologías para su almacenaje y manejo –capacidad y
potencia–.

cve: BOE-A-2022-15019
Verificable en https://www.boe.es

Descripción y objetivos del encuentro