III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-15014)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, la Real Escuela Superior de Arte Dramático de Madrid y el Instituto Cervantes, para la organización de la exposición internacional "Cuatrienal de Praga 2023", dedicada a la escenografía y arquitectura en las artes escénicas y musicales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 126719
Décima. Colaboración entre las partes.
Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los
principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que
pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.
Undécima.
Interpretación y resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir
sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente
convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación
para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las
cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Duodécima.
Información al ciudadano.
En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en
el Portal de Transparencia por parte del INAEM en tanto que parte promotora.
Decimotercera.
Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter
personal que figuran en este convenio serán tratados por el INAEM e incorporados a la
actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya finalidad es la tramitación y
gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte el INAEM,
finalidad basada en el interés público del convenio o Protocolo y en su ejecución.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la
transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para
la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio
documental español. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y
portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser
objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos,
cuando procedan, ante el INAEM en plaza del Rey 1, 28004, Madrid o a través de la
sede electrónica www.culturaydeporte.gob.es
Decimocuarta.
Competencias.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio.–El Director General del
Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Joan Francesc Marco
Conchillo.–Los Apoderados mancomunados (Presidente y Directora de Programación)
de la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, José Andrés Torres Mora e
Isabel Izquierdo Peraile.–El Director de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, Antón Leis García.–El Vicepresidente, Consejero de
Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, Enrique Ossorio Crespo.–El
Director del Instituto Cervantes, Luis Manuel García Montero.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-15014
Verificable en https://www.boe.es
Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.
Núm. 221
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 126719
Décima. Colaboración entre las partes.
Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los
principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que
pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.
Undécima.
Interpretación y resolución de conflictos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir
sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente
convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación
para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las
cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Duodécima.
Información al ciudadano.
En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en
el Portal de Transparencia por parte del INAEM en tanto que parte promotora.
Decimotercera.
Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter
personal que figuran en este convenio serán tratados por el INAEM e incorporados a la
actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya finalidad es la tramitación y
gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte el INAEM,
finalidad basada en el interés público del convenio o Protocolo y en su ejecución.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la
transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para
la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio
documental español. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y
portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser
objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos,
cuando procedan, ante el INAEM en plaza del Rey 1, 28004, Madrid o a través de la
sede electrónica www.culturaydeporte.gob.es
Decimocuarta.
Competencias.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio.–El Director General del
Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Joan Francesc Marco
Conchillo.–Los Apoderados mancomunados (Presidente y Directora de Programación)
de la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, José Andrés Torres Mora e
Isabel Izquierdo Peraile.–El Director de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, Antón Leis García.–El Vicepresidente, Consejero de
Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, Enrique Ossorio Crespo.–El
Director del Instituto Cervantes, Luis Manuel García Montero.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-15014
Verificable en https://www.boe.es
Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.