II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Destinos. (BOE-A-2022-14973)
Real Decreto 607/2022, de 19 de julio, por el que se destina a los Magistrados y las Magistradas que se relacionan, como consecuencia del concurso resuelto por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. II.A. Pág. 126370
Ciento catorce. Los Magistrados/as nombrados/as en el presente real decreto, no
cesarán en sus actuales destinos hasta el día siguiente hábil al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», con las siguientes excepciones:
Los/as magistrados/as don Pedro de Dios Hernández Olmo, doña Eva María
Campos Ruiz, don Lorenzo Pérez Conejo y don Julio Hernández Pascual no cesarán en
su actual destino hasta que sea acordado por la Comisión Permanente.
Contra el presente real decreto se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el
plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación del mismo en el «Boletín
Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponer recurso de reposición ante la
Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la
publicación del presente real decreto. En este último caso, no se podrá interponer el
recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición
o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Dado en Madrid, el 19 de julio de 2022.
FELIPE R.
La Ministra de Justicia,
cve: BOE-A-2022-14973
Verificable en https://www.boe.es
MARÍA PILAR LLOP CUENCA
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 221
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. II.A. Pág. 126370
Ciento catorce. Los Magistrados/as nombrados/as en el presente real decreto, no
cesarán en sus actuales destinos hasta el día siguiente hábil al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», con las siguientes excepciones:
Los/as magistrados/as don Pedro de Dios Hernández Olmo, doña Eva María
Campos Ruiz, don Lorenzo Pérez Conejo y don Julio Hernández Pascual no cesarán en
su actual destino hasta que sea acordado por la Comisión Permanente.
Contra el presente real decreto se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el
plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación del mismo en el «Boletín
Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponer recurso de reposición ante la
Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la
publicación del presente real decreto. En este último caso, no se podrá interponer el
recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición
o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Dado en Madrid, el 19 de julio de 2022.
FELIPE R.
La Ministra de Justicia,
cve: BOE-A-2022-14973
Verificable en https://www.boe.es
MARÍA PILAR LLOP CUENCA
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X