II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ceses y nombramientos. (BOE-A-2022-14988)
Orden ETD/881/2022, de 29 de julio, por la que se dispone el cese y nombramiento de los vocales de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 221
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. II.A. Pág. 126386
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
14988
Orden ETD/881/2022, de 29 de julio, por la que se dispone el cese y
nombramiento de los vocales de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de
Pensiones.
La Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones es el órgano colegiado
administrativo asesor del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en los
asuntos concernientes a la regulación y supervisión de los seguros privados, del reaseguro,
de los planes y fondos de pensiones y de la mediación en seguros y reaseguros.
Su regulación se encuentra en el artículo 18 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de
ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras,
desarrollándose su composición, funcionamiento y funciones en el artículo 3 del Real
Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las
entidades aseguradoras y reaseguradoras. Este último artículo ha sido modificado por el
Real Decreto 63/2022, de 25 de enero, en lo que se refiere a la actualización de la
composición de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones.
La modificación de la composición encuentra su motivación, entre otras razones, en
la necesidad de adaptarla a la distribución de competencias entre ministerios, en línea
con el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales; la adaptación terminológica al Real Decreto-ley 3/2020,
de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico
español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública
en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del
ámbito tributario y de litigios fiscales; y al avance en la presencia equilibrada de mujeres
y hombres en la Junta Consultiva.
Como consecuencia de las modificaciones introducidas por el Real Decreto 63/2022,
de 25 de enero y del tiempo transcurrido desde la anterior renovación, que fue llevada a
cabo por la Orden EIC/27/2018, de 2 de enero, por la que se dispone el cese y
nombramiento de los vocales de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones,
se considera necesario actualizar y realizar las adaptaciones necesarias a fin de
garantizar el eficaz funcionamiento de este órgano consultivo.
En virtud de lo anterior y de acuerdo con las facultades de designación de los vocales
de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones que me confiere el apartado 6
del artículo 3 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión
y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, dispongo:
Se acuerda el cese, en la representación que ostentaban, de los siguientes vocales
de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones, agradeciéndoles los servicios
prestados:
–
−
−
−
−
Don Jacobo Fernández Álvarez.
Don Felipe Palau Ramírez.
Don José Carlos Cutiño Riaño.
Don Manuel Martín Arias.
Doña Pilar González de Frutos.
cve: BOE-A-2022-14988
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 221
Miércoles 14 de septiembre de 2022
Sec. II.A. Pág. 126386
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
14988
Orden ETD/881/2022, de 29 de julio, por la que se dispone el cese y
nombramiento de los vocales de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de
Pensiones.
La Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones es el órgano colegiado
administrativo asesor del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en los
asuntos concernientes a la regulación y supervisión de los seguros privados, del reaseguro,
de los planes y fondos de pensiones y de la mediación en seguros y reaseguros.
Su regulación se encuentra en el artículo 18 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de
ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras,
desarrollándose su composición, funcionamiento y funciones en el artículo 3 del Real
Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las
entidades aseguradoras y reaseguradoras. Este último artículo ha sido modificado por el
Real Decreto 63/2022, de 25 de enero, en lo que se refiere a la actualización de la
composición de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones.
La modificación de la composición encuentra su motivación, entre otras razones, en
la necesidad de adaptarla a la distribución de competencias entre ministerios, en línea
con el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales; la adaptación terminológica al Real Decreto-ley 3/2020,
de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico
español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública
en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del
ámbito tributario y de litigios fiscales; y al avance en la presencia equilibrada de mujeres
y hombres en la Junta Consultiva.
Como consecuencia de las modificaciones introducidas por el Real Decreto 63/2022,
de 25 de enero y del tiempo transcurrido desde la anterior renovación, que fue llevada a
cabo por la Orden EIC/27/2018, de 2 de enero, por la que se dispone el cese y
nombramiento de los vocales de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones,
se considera necesario actualizar y realizar las adaptaciones necesarias a fin de
garantizar el eficaz funcionamiento de este órgano consultivo.
En virtud de lo anterior y de acuerdo con las facultades de designación de los vocales
de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones que me confiere el apartado 6
del artículo 3 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión
y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, dispongo:
Se acuerda el cese, en la representación que ostentaban, de los siguientes vocales
de la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones, agradeciéndoles los servicios
prestados:
–
−
−
−
−
Don Jacobo Fernández Álvarez.
Don Felipe Palau Ramírez.
Don José Carlos Cutiño Riaño.
Don Manuel Martín Arias.
Doña Pilar González de Frutos.
cve: BOE-A-2022-14988
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