II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-14941)
Resolución de 5 de septiembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso, por el sistema general de acceso libre, para ingreso en la Escala Auxiliar de Servicios Generales, en el marco de la estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 126175

de la Universidad de Granada (https://sede.ugr.es). En la ficha del citado procedimiento
se indican las instrucciones a seguir para cumplimentar la solicitud de admisión a
procesos selectivos.
3.2 Las personas aspirantes deberán aportar junto con su solicitud la justificación
documental de los méritos que quieran hacer valer en el concurso, según los criterios
específicos de valoración establecidos en el anexo I. Los méritos a valorar se referirán a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el
proceso selectivo. La documentación justificativa de méritos que no se presente dentro
del plazo de solicitud de participación en el proceso selectivo y mediante el
procedimiento establecido en la base 3.1, no será tenida en cuenta, ni los méritos a que
se refiera dicha documentación serán valorados en el concurso.
3.3 No será necesario que las personas aspirantes que hayan prestado o estén
prestando servicios en la Universidad de Granada aporten la justificación documental
indicada en el apartado anterior respecto a los méritos que ya figuren en su expediente
en el Servicio de Personal de Administración y Servicios de esta Universidad, siempre
que se realice solicitud expresa para que se computen dichos méritos. Esta solicitud, que
se deberá adjuntar a la solicitud de participación en el proceso selectivo referida en la
base 3.1, se realizará según el modelo que figura como anexo II a esta convocatoria,
disponible también para su descarga en el sitio web del Servicio de Personal de
Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es).
3.4 La presentación de solicitudes se hará en el plazo de los veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
3.5 Los derechos de participación serán de 17,50 euros, y se ingresarán en la
cuenta ES71 2100 4224 3913 0072 1670 de cualquier oficina de CaixaBank, abierta a
nombre de «Pruebas Selectivas de Acceso a la Universidad de Granada», bien
directamente o mediante transferencia bancaria a dicha cuenta. La solicitud deberá ir
acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia. La falta de justificación del
abono de los derechos de participación o de encontrarse exento del mismo determinará
la exclusión de la persona aspirante.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de los derechos de
participación supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.
3.6 Exenciones y bonificaciones de los derechos de participación.
Estarán exentos del pago de los derechos de participación:
a) De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de
diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, por el que se
modifica el apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social:
1. Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
2. Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
la presente convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo
de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesional, lo que se justificará con un informe negativo de rechazos, y
que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo
Interprofesional.
El informe negativo de rechazos se solicitará en las oficinas de los servicios públicos
de empleo. La acreditación de las rentas, se realizará presentando certificado de la
declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
correspondiente al año 2021 y, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo

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Núm. 220