III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-14881)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico 'Instalación fotovoltaica Herrera solar 3-4 de 90 MWp/70.62 MWn', y su infraestructura de evacuación, situada en Sotobañado y Priorato, Páramo de Boedo y Calahorra de Boedo, en la provincia de Palencia, así como de su infraestructura de evacuación asociada".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 126004
b).8 Efectos acumulativos y sinérgicos: Entre los principales impactos acumulativos
y sinérgicos derivado de la construcción de las catorce plantas fotovoltaicas proyectadas
en el nudo de Herrera de Pisuerga se podría destacar el efecto barrera y la
fragmentación del territorio por la instalación de las nuevas infraestructuras, la
proliferación de líneas aéreas de alta tensión para evacuar la energía eléctrica generada,
el impacto paisajístico al modificar notablemente el medio perceptual del entorno o las
potenciales alteraciones en el ciclo del agua a escala local, las aguas subterráneas, la
red hidrográfica y sus sistemas ecológicos asociados. Para todos estos potenciales
impactos, el presente proyecto contempla medidas preventivas y correctoras que
permiten eliminarlos o disminuirlos y minimizan de esta manera los potenciales efectos
acumulativos y sinérgicos con el resto de los proyectos del nudo.
La Confederación Hidrográfica del Duero indica que la proliferación de este tipo de
proyectos puede suponer un cambio drástico en los usos del suelo en determinadas
zonas, que produce cambios importantes en la permeabilidad y compactación de suelos
y en la vegetación, con los efectos que esto produce sobre la infiltración y la escorrentía
superficial.
Tal y como indica el promotor en la Adenda, la mayor parte de los proyectos del nudo
se ubican sobre superficies de permeabilidad media-alta y los niveles erosivos de los
terrenos afectados por los mismos se reparten mayoritariamente de manera homogénea
entre los niveles de bajo, medio y moderado. Las diferentes medidas preventivas y
correctoras del proyecto como mantener la red natural de drenaje y su vegetación
asociada, restaurar los suelos tras las obras o mantener una cubierta vegetal debajo de
las plantas fotovoltaicas permitirán minimizar o evitar potenciales efectos sobre la
escorrentía, permeabilidad y erosionabilidad del suelo y la movilización de sedimentos
minimizando así en gran medida potenciales impactos acumulativos del conjunto de
proyectos sobre el territorio afectado.
c) Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.
Según informa la Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León, ninguna de
las actuaciones que se proyecten ni los diferentes usos que se asignen al suelo deben
incrementar el riesgo hacia las personas, sus bienes o el medio ambiente. Si alguna
actuación del proyecto pudiera potencialmente producir el citado aumento, deberá
hacerse un análisis previo indicando el grado de afección, así como las medidas
necesarias para evitar incrementar dichos riesgos.
Tras analizar el riesgo del proyecto en base a los parámetros de probabilidad,
vulnerabilidad del proyecto y perjuicio potencial de los distintos eventos, el promotor
indica que el resultado es que los impactos frente al riesgo de incendios y/o explosión
por accidentes graves derivados del transporte por carretera de sustancias peligrosas
resultan moderados mientras que el resto de los impactos resultan compatibles o no
significativos, lo que implica una baja vulnerabilidad y peligrosidad del proyecto frente a
catástrofes.
En base a los resultados obtenidos y a la descripción de los efectos derivados de los
eventos analizados, el proyecto, en todas sus fases, adoptará las medidas preventivas
encaminadas a minimizar el riesgo de incendio, así como los medios necesarios para
mitigarlo y que serán recogidos en el Plan de Autoprotección de la planta solar
fotovoltaica al objeto de que ninguna de las actuaciones que se planifiquen, ni los
diferentes usos que se asignen al suelo incrementen el riesgo hacia las personas, sus
bienes y el medio ambiente.
En todo caso y al igual que el resto de los aspectos técnicos específicos del
proyecto, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor) es
un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del
órgano sustantivo.
cve: BOE-A-2022-14881
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 219
Lunes 12 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 126004
b).8 Efectos acumulativos y sinérgicos: Entre los principales impactos acumulativos
y sinérgicos derivado de la construcción de las catorce plantas fotovoltaicas proyectadas
en el nudo de Herrera de Pisuerga se podría destacar el efecto barrera y la
fragmentación del territorio por la instalación de las nuevas infraestructuras, la
proliferación de líneas aéreas de alta tensión para evacuar la energía eléctrica generada,
el impacto paisajístico al modificar notablemente el medio perceptual del entorno o las
potenciales alteraciones en el ciclo del agua a escala local, las aguas subterráneas, la
red hidrográfica y sus sistemas ecológicos asociados. Para todos estos potenciales
impactos, el presente proyecto contempla medidas preventivas y correctoras que
permiten eliminarlos o disminuirlos y minimizan de esta manera los potenciales efectos
acumulativos y sinérgicos con el resto de los proyectos del nudo.
La Confederación Hidrográfica del Duero indica que la proliferación de este tipo de
proyectos puede suponer un cambio drástico en los usos del suelo en determinadas
zonas, que produce cambios importantes en la permeabilidad y compactación de suelos
y en la vegetación, con los efectos que esto produce sobre la infiltración y la escorrentía
superficial.
Tal y como indica el promotor en la Adenda, la mayor parte de los proyectos del nudo
se ubican sobre superficies de permeabilidad media-alta y los niveles erosivos de los
terrenos afectados por los mismos se reparten mayoritariamente de manera homogénea
entre los niveles de bajo, medio y moderado. Las diferentes medidas preventivas y
correctoras del proyecto como mantener la red natural de drenaje y su vegetación
asociada, restaurar los suelos tras las obras o mantener una cubierta vegetal debajo de
las plantas fotovoltaicas permitirán minimizar o evitar potenciales efectos sobre la
escorrentía, permeabilidad y erosionabilidad del suelo y la movilización de sedimentos
minimizando así en gran medida potenciales impactos acumulativos del conjunto de
proyectos sobre el territorio afectado.
c) Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.
Según informa la Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León, ninguna de
las actuaciones que se proyecten ni los diferentes usos que se asignen al suelo deben
incrementar el riesgo hacia las personas, sus bienes o el medio ambiente. Si alguna
actuación del proyecto pudiera potencialmente producir el citado aumento, deberá
hacerse un análisis previo indicando el grado de afección, así como las medidas
necesarias para evitar incrementar dichos riesgos.
Tras analizar el riesgo del proyecto en base a los parámetros de probabilidad,
vulnerabilidad del proyecto y perjuicio potencial de los distintos eventos, el promotor
indica que el resultado es que los impactos frente al riesgo de incendios y/o explosión
por accidentes graves derivados del transporte por carretera de sustancias peligrosas
resultan moderados mientras que el resto de los impactos resultan compatibles o no
significativos, lo que implica una baja vulnerabilidad y peligrosidad del proyecto frente a
catástrofes.
En base a los resultados obtenidos y a la descripción de los efectos derivados de los
eventos analizados, el proyecto, en todas sus fases, adoptará las medidas preventivas
encaminadas a minimizar el riesgo de incendio, así como los medios necesarios para
mitigarlo y que serán recogidos en el Plan de Autoprotección de la planta solar
fotovoltaica al objeto de que ninguna de las actuaciones que se planifiquen, ni los
diferentes usos que se asignen al suelo incrementen el riesgo hacia las personas, sus
bienes y el medio ambiente.
En todo caso y al igual que el resto de los aspectos técnicos específicos del
proyecto, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor) es
un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del
órgano sustantivo.
cve: BOE-A-2022-14881
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 219