III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2022-14879)
Resolución de 6 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 12 de abril de 2022, por la que se publica para 2022 el listado de los días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 219

Lunes 12 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 125967

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
14879

Resolución de 6 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Pesca,
por la que se modifica la de 12 de abril de 2022, por la que se publica para
2022 el listado de los días de pesca asignados por buque y grupo de buques
de arrastre de fondo del Mediterráneo.

La Resolución de 12 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se
publica para 2022 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de
arrastre de fondo del Mediterráneo, ha establecido la asignación de los días atribuidos a
España para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2022, por buques en gestión
individual (asignación definitiva) o grupos de buques en gestión conjunta (provisional),
quedando pendiente de la asignación adicional de los días correspondientes de la reserva.
La Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, establece en su artículo 5.3.a) una reserva
del 5 % del total de los días de pesca para cubrir los posibles buques que, estando en
situación de baja provisional, o los posibles buques de nueva construcción que se den de
alta a partir de una baja, se reactiven o entren en funcionamiento, respectivamente a los
barcos que se den de alta hasta el 31 de mayo.
Asimismo, la orden indica que los días de cada una de las pesquerías (costera o
profundidad) no utilizados de este porcentaje de reserva se redistribuirán a partir del 1 de
julio de cada año a las diferentes entidades asociativas que realicen la actividad en
modelo gestión conjunta con la siguiente proporción: un 30 % en idéntica proporción
respecto al número existente de las mismas y un 70 % en función del número de buques
que las conforman.
Una vez recibidas y analizadas las solicitudes de buques cuya situación ha cambiado
a alta provisional, su asignación se ha realizado teniendo en cuenta sus días de pesca
en el periodo 2014-2018 o los días de pesca del buque al que sustituyen en el mismo
periodo, o el máximo de los tres años anteriores más próximos al periodo de
referencia 2014-2018. Asimismo, a continuación el resto de los días de la reserva no
utilizados para este fin se suman, con los criterios de asignación ya señalados, a los días
de pesca previamente asignados a las entidades de gestión conjunta por la Resolución
de 12 de abril de 2022.
Por tanto, la Secretaría General de Pesca, oído el sector, resuelve:
Primero.

«Asignar definitivamente el total de los días de pesca atribuidos a España para
la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2022, por buques en gestión
individual o grupos de buques en gestión conjunta respecto a los días de la
pesquería de costera y de profundidad. Los barcos que han cambiado su situación
a alta provisional se indican en las tablas con el siguiente símbolo #.»
Segundo.
El anexo I de la presente resolución sustituye al anexo I de la Resolución de 12 de
abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2022 el

cve: BOE-A-2022-14879
Verificable en https://www.boe.es

El apartado primero de la Resolución de 12 de abril de 2022, de la Secretaría
General de Pesca, por la que se publica para 2022 el listado de días de pesca asignados
por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo, queda redactado
como sigue: