II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2022-14763)
Resolución 452/38355/2022, de 6 de septiembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo y promoción, con titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 10 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 125112
solicitado incluyendo al aspirante en la tanda de incidencias para realizar las pruebas
físicas en la fecha que determine.
Si durante la realización de las pruebas físicas, quien haya comenzado la ejecución
de la primera, no terminara o no superara alguna de ellas, se considerará eliminado del
proceso de selección.
El orden de realización de las pruebas será establecido por la Junta de Educación
Física y permitirá la recuperación de la prueba anterior y el calentamiento necesario para
la realización de la siguiente.
La calificación que puede obtenerse en las pruebas físicas será de «apto» o «no
apto». Los calificados como «no apto» serán eliminados del proceso de selección.
El requisito específico del apartado 1.2.1 de la base segunda se deberá verificar durante
el desarrollo de las pruebas físicas. Si se detectara la existencia de algún caso en el que no
se cumple el requisito, se pondrá en conocimiento del Presidente del Órgano de Selección a
fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de selección.
2.4.2 Pruebas Psicológicas. Estas pruebas explorarán las características de
personalidad de los aspirantes para detectar indicadores de posibles trastornos que pudieran
comprometer su rendimiento en los CDMF, o su futuro desempeño profesional. Los
resultados obtenidos serán tomados en consideración en el posterior reconocimiento médico.
A tal efecto, los aspirantes deberán atender cualquier requerimiento por parte de los Órganos
de Selección respecto a la realización de pruebas psicológicas complementarias para la
determinación de su aptitud. La convocatoria de dichas pruebas complementarias se hará de
manera específica a través de la página web https://reclutamiento.defensa.gob.es/procesoacceso/
2.4.3 Reconocimiento Médico. Para el reconocimiento médico se aplicará la Orden
PCI/6/2019, de 11 de enero, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones
exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación.
El Presidente del Órgano de Selección hará pública la convocatoria para los
reconocimientos médicos. En ella se indicará la tanda en la que cada aspirante pasará el
reconocimiento médico, así como el lugar, la fecha y hora de inicio de la misma. El
reconocimiento médico se realizará en los Hospitales y Centros Sanitarios de la Red
Hospitalaria de la Defensa que se determinen en la citada convocatoria.
Los aspirantes se presentarán al reconocimiento médico en ayunas y con retención
de orina e irán provistos de un bolígrafo de tinta azul o negra para rellenar el cuestionario
de salud correspondiente. Con la finalidad de alcanzar una exploración
oftalmológica más precisa, se recomienda a los portadores de lentes de contacto que
suspendan su utilización al menos una semana antes de la fecha del reconocimiento
médico y acudan a él con gafas debidamente actualizadas.
Los calificados como «no apto» serán eliminados del proceso de selección.
Dar positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas en la analítica que se
practique en este proceso de selección será motivo de exclusión del aspirante, de
conformidad con la disposición quinta del III Plan General de Prevención de Drogas de
las Fuerzas Armadas, de 14 de julio de 2020, de la Subsecretaría de Defensa.
El resultado del reconocimiento médico podrá ser revisado a instancia del aspirante,
mediante solicitud dirigida al Presidente del Órgano de Selección del proceso de
selección en el que participe, en un plazo no superior a tres (3) días naturales contados a
partir del siguiente al que se haga público el resultado por la Junta de Reconocimiento
Médico. El Presidente del Órgano de Selección dispondrá su comparecencia ante el
Tribunal Médico Militar de Apelación. El fallo de este Tribunal será definitivo para la
continuación en el proceso de selección.
Sin perjuicio de lo estipulado en la base decimoquinta respecto a la protección de la
maternidad, los aspirantes en quienes concurriese alguna circunstancia justificada,
enfermedad banal o lesión fortuita, que les impida someterse al reconocimiento en la
fecha prevista, podrán solicitar al Órgano de Selección su inclusión en una tanda de
incidencias y se someterán al reconocimiento médico o lo completarán en la fecha que
determine el Órgano de Selección.
cve: BOE-A-2022-14763
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 218
Sábado 10 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 125112
solicitado incluyendo al aspirante en la tanda de incidencias para realizar las pruebas
físicas en la fecha que determine.
Si durante la realización de las pruebas físicas, quien haya comenzado la ejecución
de la primera, no terminara o no superara alguna de ellas, se considerará eliminado del
proceso de selección.
El orden de realización de las pruebas será establecido por la Junta de Educación
Física y permitirá la recuperación de la prueba anterior y el calentamiento necesario para
la realización de la siguiente.
La calificación que puede obtenerse en las pruebas físicas será de «apto» o «no
apto». Los calificados como «no apto» serán eliminados del proceso de selección.
El requisito específico del apartado 1.2.1 de la base segunda se deberá verificar durante
el desarrollo de las pruebas físicas. Si se detectara la existencia de algún caso en el que no
se cumple el requisito, se pondrá en conocimiento del Presidente del Órgano de Selección a
fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de selección.
2.4.2 Pruebas Psicológicas. Estas pruebas explorarán las características de
personalidad de los aspirantes para detectar indicadores de posibles trastornos que pudieran
comprometer su rendimiento en los CDMF, o su futuro desempeño profesional. Los
resultados obtenidos serán tomados en consideración en el posterior reconocimiento médico.
A tal efecto, los aspirantes deberán atender cualquier requerimiento por parte de los Órganos
de Selección respecto a la realización de pruebas psicológicas complementarias para la
determinación de su aptitud. La convocatoria de dichas pruebas complementarias se hará de
manera específica a través de la página web https://reclutamiento.defensa.gob.es/procesoacceso/
2.4.3 Reconocimiento Médico. Para el reconocimiento médico se aplicará la Orden
PCI/6/2019, de 11 de enero, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones
exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación.
El Presidente del Órgano de Selección hará pública la convocatoria para los
reconocimientos médicos. En ella se indicará la tanda en la que cada aspirante pasará el
reconocimiento médico, así como el lugar, la fecha y hora de inicio de la misma. El
reconocimiento médico se realizará en los Hospitales y Centros Sanitarios de la Red
Hospitalaria de la Defensa que se determinen en la citada convocatoria.
Los aspirantes se presentarán al reconocimiento médico en ayunas y con retención
de orina e irán provistos de un bolígrafo de tinta azul o negra para rellenar el cuestionario
de salud correspondiente. Con la finalidad de alcanzar una exploración
oftalmológica más precisa, se recomienda a los portadores de lentes de contacto que
suspendan su utilización al menos una semana antes de la fecha del reconocimiento
médico y acudan a él con gafas debidamente actualizadas.
Los calificados como «no apto» serán eliminados del proceso de selección.
Dar positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas en la analítica que se
practique en este proceso de selección será motivo de exclusión del aspirante, de
conformidad con la disposición quinta del III Plan General de Prevención de Drogas de
las Fuerzas Armadas, de 14 de julio de 2020, de la Subsecretaría de Defensa.
El resultado del reconocimiento médico podrá ser revisado a instancia del aspirante,
mediante solicitud dirigida al Presidente del Órgano de Selección del proceso de
selección en el que participe, en un plazo no superior a tres (3) días naturales contados a
partir del siguiente al que se haga público el resultado por la Junta de Reconocimiento
Médico. El Presidente del Órgano de Selección dispondrá su comparecencia ante el
Tribunal Médico Militar de Apelación. El fallo de este Tribunal será definitivo para la
continuación en el proceso de selección.
Sin perjuicio de lo estipulado en la base decimoquinta respecto a la protección de la
maternidad, los aspirantes en quienes concurriese alguna circunstancia justificada,
enfermedad banal o lesión fortuita, que les impida someterse al reconocimiento en la
fecha prevista, podrán solicitar al Órgano de Selección su inclusión en una tanda de
incidencias y se someterán al reconocimiento médico o lo completarán en la fecha que
determine el Órgano de Selección.
cve: BOE-A-2022-14763
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 218