III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-14719)
Resolución de 30 de agosto de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación ONCE, para la organización de actividades en el marco de la programación de la temporada 2022-2023 del Centro Dramático Nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 8 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124591
la tramitación y gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los que
es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del convenio o protocolo y en
su ejecución.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la
transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para
la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio
documental español.
Las personas físicas firmantes del presente documento quedan informadas de que la
Fundación ONCE y el INAEM, como responsables del tratamiento independientes,
tratarán sus datos personales con la finalidad de gestionar la relación de colaboración
establecida entre las partes. Las bases jurídicas que legitiman el tratamiento son la
necesidad del mismo para la ejecución de un convenio en el que el interesado es parte,
para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables a los responsables del
tratamiento y para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por estos. Salvo
imperativo legal, no se cederán sus datos personales a terceros ni están previstas
transferencias internacionales de los mismos.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de
sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de
decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando
procedan, ante el INAEM en Plaza del Rey 1, 28004, Madrid o a través de la sede
electrónica www.culturaydeporte.gob.es. Asimismo, podrán ampliar la información
sobre el ejercicio de sus derechos a través de la Política de Privacidad de la Fundación
ONCE en https://www.fundaciononce.es/es/politica-de-privacidad.
Decimoquinta.
Competencias.
Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.
cve: BOE-A-2022-14719
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente convenio en el lugar y fecha indicados.–Por el INAEM, el
Director General, Joan Francesc Marco Conchillo.–Por la Fundación ONCE, el Director
de Accesibilidad Universal e Innovación, Jesús María Hernández Galán.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 216
Jueves 8 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124591
la tramitación y gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los que
es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del convenio o protocolo y en
su ejecución.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la
transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para
la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio
documental español.
Las personas físicas firmantes del presente documento quedan informadas de que la
Fundación ONCE y el INAEM, como responsables del tratamiento independientes,
tratarán sus datos personales con la finalidad de gestionar la relación de colaboración
establecida entre las partes. Las bases jurídicas que legitiman el tratamiento son la
necesidad del mismo para la ejecución de un convenio en el que el interesado es parte,
para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables a los responsables del
tratamiento y para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por estos. Salvo
imperativo legal, no se cederán sus datos personales a terceros ni están previstas
transferencias internacionales de los mismos.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de
sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de
decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando
procedan, ante el INAEM en Plaza del Rey 1, 28004, Madrid o a través de la sede
electrónica www.culturaydeporte.gob.es. Asimismo, podrán ampliar la información
sobre el ejercicio de sus derechos a través de la Política de Privacidad de la Fundación
ONCE en https://www.fundaciononce.es/es/politica-de-privacidad.
Decimoquinta.
Competencias.
Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.
cve: BOE-A-2022-14719
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman el presente convenio en el lugar y fecha indicados.–Por el INAEM, el
Director General, Joan Francesc Marco Conchillo.–Por la Fundación ONCE, el Director
de Accesibilidad Universal e Innovación, Jesús María Hernández Galán.
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