II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Cuerpo de Inspectores del SOIVRE. (BOE-A-2022-14691)
Resolución de 1 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216

Jueves 8 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 124538

justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis
inscripciones». Las personas aspirantes deberán descargar dicho justificante.
– En el caso de las personas aspirantes que cursen su solicitud en el extranjero, para
los que el órgano de selección haya acordado la cumplimentación y presentación
sustitutoria en papel, estos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o
consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero
acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El
ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o, cuando se disponga de una cuenta bancaria abierta
en una entidad extranjera, mediante transferencia a la cuenta corriente código IBAN
ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Derechos de examen». El sistema de pago mediante transferencia a esta cuenta sólo
será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará: «L» (Libre/Nuevo ingreso).
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán
indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en
el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. De solicitar dicha adaptación, se
deberá adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias
permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de
que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la
adaptación solicitada. En el recuadro «CC.AA. en la que se reconoce su discapacidad»
se deberá indicar la misma.
Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen
participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con
discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22 con la letra G.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título académico
que posea o esté en condición de poseer y que cumpla los requisitos de la base
específica 6.
En el recuadro 27, apartado A, se consignará el idioma «inglés».
Si desea examinarse de otro u otros idiomas (parte voluntaria del segundo ejercicio)
deberá indicar en el recuadro 27, apartado B, el idioma o idiomas escogidos,
consignando «Francés», «Alemán», «Italiano», «Portugués», «Ruso», «Árabe» o
«Chino».
Si desea solicitar la conservación de la puntuación de alguno de los ejercicios de la
convocatoria inmediatamente deberá indicar en el recuadro 28: «Primer ejercicio»,
«Segundo ejercicio (indicando entre paréntesis el idioma o idiomas que correspondan)»,
«Tercer ejercicio», «Cuarto ejercicio» o «Quinto ejercicio».
En el recuadro «(Órgano al que va dirigido) Sr./Sra.» se deberá consignar
«Subsecretario de Industria, Comercio y Turismo».
Instrucciones para el abono de la tasa por derechos de examen

1. El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá
hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá
a la exclusión del aspirante.
2. Están exentas del pago de la tasa de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

cve: BOE-A-2022-14691
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II.