III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Universidad Internacional Menéndez Pelayo. Precios públicos. (BOE-A-2022-14626)
Resolución de 24 de agosto de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, por la que se publican los precios por los servicios académicos conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales y otros servicios para el curso académico 2022/2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214
Martes 6 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124194
Universitarios y a la tasa por tutela académica del periodo de investigación de un
Programa de Doctorado.
V.
Exenciones en el régimen de tasas.
Estará exenta del pago de tasas administrativas la expedición de los siguientes
certificados:
– Para la renovación de título de Familia Numerosa.
– Para la utilización del seguro escolar.
– Cualquiera solicitado por una autoridad judicial.
– Expedidos para solicitar beca convocada por la UIMP o por el Ministerio de
Educación y Formación Profesional.
– De matrícula, para solicitar exención o reducción de pago en alguna actividad
académica o científica.
VI.
Becarios o becarias.
cve: BOE-A-2022-14626
Verificable en https://www.boe.es
En el caso de que el estudiantado resulte beneficiario de una beca del Ministerio de
Educación y Formación Profesional, no deberá abonar ninguna cantidad en concepto de
matrícula.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 214
Martes 6 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 124194
Universitarios y a la tasa por tutela académica del periodo de investigación de un
Programa de Doctorado.
V.
Exenciones en el régimen de tasas.
Estará exenta del pago de tasas administrativas la expedición de los siguientes
certificados:
– Para la renovación de título de Familia Numerosa.
– Para la utilización del seguro escolar.
– Cualquiera solicitado por una autoridad judicial.
– Expedidos para solicitar beca convocada por la UIMP o por el Ministerio de
Educación y Formación Profesional.
– De matrícula, para solicitar exención o reducción de pago en alguna actividad
académica o científica.
VI.
Becarios o becarias.
cve: BOE-A-2022-14626
Verificable en https://www.boe.es
En el caso de que el estudiantado resulte beneficiario de una beca del Ministerio de
Educación y Formación Profesional, no deberá abonar ninguna cantidad en concepto de
matrícula.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X