II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-14523)
Resolución de 29 de julio de 2022, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Media de Administración, Subgrupo A2.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213

Lunes 5 de septiembre de 2022
B.2.

Sec. II.B. Pág. 123184

Idiomas Comunitarios: hasta un máximo de 1,250 punto.

El conocimiento del idioma comunitario se valorará, previa acreditación de estar en
posesión del correspondiente certificado, con un máximo de 1,250 punto, de acuerdo con
la siguiente escala. Sólo se valorará la de mayor nivel acreditado:
Nivel A1: 0,200.
Nivel A2: 0,400.
Nivel B1: 0,600.
Nivel B2: 0,800.
Nivel C1: 1,000.
Nivel C2: 1,250.
Las equivalencias de estudios establecidas de acuerdo con la legislación actual, con
respecto a los niveles de certificación de competencia lingüística, son las publicadas en
la Orden 93/2013, de 11 de noviembre, de la Consellería de Educación, Cultura y
Deporte, por la que se modifica el anexo único denominado certificados y diplomas que
acreditan la competencia en lenguas extranjeras del Decreto 61/2013, de 17 de mayo, y
el Decreto 242/2019, de 25 de octubre, de establecimiento de las enseñanzas y del
currículum de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana.
Los cursos de idiomas comunitarios convocados u homologados por la Universidad
Miguel Hernández se valorarán con la misma puntuación que los anteriores.
Para la valoración de estos idiomas en ningún caso se considerarán los cursos
superados de idiomas incluidos en los planes de estudios reglados, así como aquellos
que se consideren cursos de formación.
B.3.

Otras titulaciones: hasta un máximo de 2 puntos.

Se valorará cualquier otra titulación académica oficial de nivel igual o superior al
exigido para acceder al grupo objeto de la convocatoria, excepto la que sirvió de base
para ello, con un máximo de 2 puntos. A estos efectos, se puntuará únicamente una sola
titulación, la del nivel más alto de titulación acreditada, entendiendo incluido en él
aquellas otras titulaciones necesarias para su obtención.
Se establece la siguiente escala de puntuación:
Titulación General:
– 0,500 puntos por un título de diplomatura, ingeniería técnica, arquitectura técnica o
equivalente.
– 0,700 puntos por un título de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura o
equivalente.
– 0,900 puntos por título de máster universitario.
– 1,100 puntos por título de doctor.

– 1,100 puntos por un título de diplomatura, ingeniería técnica, arquitectura técnica o
equivalente.
– 1,400 puntos por un título de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura o
equivalente.
– 1,700 puntos por título de máster universitario.
– 2,000 puntos por título de doctor.
En ningún caso se valorará una titulación sin su correspondiente certificado oficial
acreditativo.
En este apartado solo se puntuarán titulaciones diferentes a las requeridas para
presentarse al puesto. En ningún caso se valorará una titulación sin su correspondiente

cve: BOE-A-2022-14523
Verificable en https://www.boe.es

Titulación relacionada con las funciones del puesto: