II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-14522)
Resolución de 27 de julio de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 123157

En el mismo acto el/la Presidente/a de la Comisión hará público el plazo fijado por
aquella para que cualquier concursante pueda examinar la documentación presentada
por los restantes concursantes con anterioridad al inicio de la prueba.
Las personas concursantes o la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, podrán
solicitar de los entes públicos y privados en los que aquellos presten, o hayan prestado
sus servicios, la emisión de un informe individualizado sobre la actividad desarrollada por
las personas candidatas y su rendimiento, el cual será remitido directamente a la
Comisión. Así mismo, la Comisión por unanimidad podrá recabar informes de
especialistas sobre los méritos alegados por las personas concursantes.
Respecto a los informes solicitados por las personas concursantes, la Comisión los
valorará únicamente en el caso de que consten en su poder antes del comienzo de la
prueba.
En cualquier caso, los informes no tendrán carácter vinculante y se adjuntarán al acta
del concurso.
7.

Desarrollo de la prueba

La prueba de estos concursos será pública y consistirá en la exposición oral por la
persona concursante, en un tiempo máximo de noventa minutos, de los méritos alegados
en su currículum vitae y en la defensa de su proyecto docente e investigador.
Seguidamente la Comisión debatirá con la persona concursante sobre todos aquellos
aspectos que estime relevantes en relación con lo aportado o expuesto.
La concreción de dicha prueba la realizará la Comisión en el acto de presentación.
Finalizada la prueba, la Comisión deliberará y cada uno de sus miembros emitirá un
voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le merece cada una de
las personas concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la Comisión. En
caso de unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado
de la Comisión.
Los resultados de evaluación de cada candidato/a, desglosada por cada uno de los
aspectos evaluados, serán publicados en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad.
8.

Propuesta de la Comisión

Las Comisiones que juzguen los concursos de acceso propondrán al Rector,
motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todas las personas candidatas
su propuesta explicitando el voto de cada uno de sus miembros y relacionando a las
personas candidatas por orden de preferencia.
Para realizar su propuesta la Comisión deberá atenerse a los presupuestos
contemplados en el artículo 11.2 del Reglamento para los Concursos de Acceso entre
acreditados a cuerpos de Funcionarios/as Docentes Universitarios de la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla.
Contra las propuestas de las Comisiones de los concursos de acceso, las personas
candidatas podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez
días. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución definitiva.
La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones de la Universidad,
conforme a lo contemplado en el artículo 13 del Reglamento para los concursos de
acceso entre personas acreditadas a cuerpos de funcionarios docentes universitarios de
la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
9.

Nombramientos

Las personas candidatas propuestas para la provisión de las plazas deberán
presentar en el Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en el
plazo de veinte días a contar desde la publicación de la propuesta de la Comisión en el
Tablón Electrónico Oficial de la Universidad, por cualquiera de los medios señalados en

cve: BOE-A-2022-14522
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Núm. 213