II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-14534)
Resolución de 23 de agosto de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso, por el sistema general de acceso libre, para ingreso en la Escala Básica de Apoyo a la Docencia y a la Investigación, Técnico/a Nivel 5, en el marco de la estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213
Lunes 5 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 123311
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de Valoración
tendrá su sede en el Servicio de Personal de Administración y Servicios, calle Santa
Lucía, n.º 8, teléfono 958 241 000, extensiones 20572 y 20574. La Comisión de
Valoración dispondrá que en dicha sede al menos una persona, que podrá pertenecer o
no a la Comisión de Valoración, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación
con este proceso selectivo.
5.10 La Comisión de Valoración no podrá declarar que han superado el proceso
selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de personas que han superado el proceso que contravenga lo anterior será
nula de pleno derecho. No obstante, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados, antes del nombramiento o toma de posesión, o cuando alguna de las
personas seleccionadas carezca de los requisitos señalados en la base 2, el órgano
convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los
aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios
de carrera, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Desarrollo del proceso selectivo y lista de personas seleccionadas
6.1 El proceso selectivo consistirá en la valoración de los méritos aportados por las
personas aspirantes, con los criterios específicos de valoración y las puntuaciones que
se indican en el anexo I.
6.2 La Comisión de Valoración publicará en el sitio web oficial del Servicio de
Personal de Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es/) la relación que
contenga la valoración provisional de méritos del concurso, con indicación de la
puntuación obtenida en cada mérito y la total. Las personas aspirantes dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de dicha
relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Las reclamaciones deberán
presentarse por escrito, dirigidas a la Rectora, a través del Registro Electrónico (Solicitud
genérica para la UGR) de la sede electrónica de la Universidad de Granada: https://
sede.ugr.es/procedimientos/registro_electronico.html, seleccionando como destino el
Servicio de Personal de Administración y Servicios.
6.3 Finalizado dicho plazo, la Comisión de Valoración publicará la relación con la
valoración definitiva de los méritos del concurso en el mismo sitio web. La Comisión de
Valoración declarará que han superado el proceso selectivo las personas aspirantes que
hayan obtenido las mayores puntuaciones, sin que el número de personas supere el
número de plazas convocadas, tal como se establece en la base 5.10 de esta
Resolución.
6.4 El presidente o la presidenta de la Comisión de Valoración enviará copia
certificada de dicha relación a la Rectora de la Universidad, con propuesta de
nombramiento de personal funcionario de carrera.
6.5 Una vez comenzado el proceso selectivo, cualquier anuncio que afecte al
proceso selectivo se hará público por La Comisión de Valoración en el sitio web del
Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada (http://
serviciopas.ugr.es/) y por cualquier otro medio si se juzga conveniente.
6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión de Valoración
tuviese conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de
los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá
proponer su exclusión a la Rectora de la Universidad de Granada, comunicándole
asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas en la solicitud de admisión al
proceso selectivo, a los efectos procedentes.
Contra la exclusión, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la
Rectora o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo.
cve: BOE-A-2022-14534
Verificable en https://www.boe.es
6.
Núm. 213
Lunes 5 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 123311
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de Valoración
tendrá su sede en el Servicio de Personal de Administración y Servicios, calle Santa
Lucía, n.º 8, teléfono 958 241 000, extensiones 20572 y 20574. La Comisión de
Valoración dispondrá que en dicha sede al menos una persona, que podrá pertenecer o
no a la Comisión de Valoración, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación
con este proceso selectivo.
5.10 La Comisión de Valoración no podrá declarar que han superado el proceso
selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de personas que han superado el proceso que contravenga lo anterior será
nula de pleno derecho. No obstante, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados, antes del nombramiento o toma de posesión, o cuando alguna de las
personas seleccionadas carezca de los requisitos señalados en la base 2, el órgano
convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los
aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarios
de carrera, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Desarrollo del proceso selectivo y lista de personas seleccionadas
6.1 El proceso selectivo consistirá en la valoración de los méritos aportados por las
personas aspirantes, con los criterios específicos de valoración y las puntuaciones que
se indican en el anexo I.
6.2 La Comisión de Valoración publicará en el sitio web oficial del Servicio de
Personal de Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es/) la relación que
contenga la valoración provisional de méritos del concurso, con indicación de la
puntuación obtenida en cada mérito y la total. Las personas aspirantes dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de dicha
relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Las reclamaciones deberán
presentarse por escrito, dirigidas a la Rectora, a través del Registro Electrónico (Solicitud
genérica para la UGR) de la sede electrónica de la Universidad de Granada: https://
sede.ugr.es/procedimientos/registro_electronico.html, seleccionando como destino el
Servicio de Personal de Administración y Servicios.
6.3 Finalizado dicho plazo, la Comisión de Valoración publicará la relación con la
valoración definitiva de los méritos del concurso en el mismo sitio web. La Comisión de
Valoración declarará que han superado el proceso selectivo las personas aspirantes que
hayan obtenido las mayores puntuaciones, sin que el número de personas supere el
número de plazas convocadas, tal como se establece en la base 5.10 de esta
Resolución.
6.4 El presidente o la presidenta de la Comisión de Valoración enviará copia
certificada de dicha relación a la Rectora de la Universidad, con propuesta de
nombramiento de personal funcionario de carrera.
6.5 Una vez comenzado el proceso selectivo, cualquier anuncio que afecte al
proceso selectivo se hará público por La Comisión de Valoración en el sitio web del
Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada (http://
serviciopas.ugr.es/) y por cualquier otro medio si se juzga conveniente.
6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión de Valoración
tuviese conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de
los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá
proponer su exclusión a la Rectora de la Universidad de Granada, comunicándole
asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas en la solicitud de admisión al
proceso selectivo, a los efectos procedentes.
Contra la exclusión, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la
Rectora o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo.
cve: BOE-A-2022-14534
Verificable en https://www.boe.es
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