II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-14520)
Resolución de 15 de julio de 2022, de la Universidad de Zaragoza y la Consejería de Sanidad del Gobierno de Aragón, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213

Lunes 5 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 123130

discapacidad y poder adoptar las oportunas medidas de adaptación a sus necesidades.
En este caso, también deberán aportar copia del reconocimiento de la discapacidad de
que se trate.
Si los aspirantes a los que se refiere la presente base no solicitan las adaptaciones
en el momento de presentar la solicitud de participación en el concurso, se entenderá
que no las precisan o que renuncian a ellas sin que pueda plantearse solicitud de las
mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.
2. Requisitos de los solicitantes y documentación a presentar
Los aspirantes deberán cumplir los requisitos establecidos en las presentes bases en
el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión.
2.1

Requisitos de carácter general:

2.1.1 Los requisitos generales que establecen los artículos 56 y 57 del EBEP para
el acceso al empleo público.
2.1.2 Haber efectuado el pago de treinta y nueve euros con noventa y ocho
céntimos (39,98 €) en concepto de derechos de participación.
El abono de los derechos de participación se efectuará dentro del plazo de
presentación de solicitudes, desde el mismo formulario de solicitud habilitado para ello,
mediante Terminal de Pago Virtual con tarjeta de débito o de crédito o a través de Bizum.
El pago quedará confirmado electrónicamente en el momento de presentar la solicitud.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de
Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución del importe abonado cuando no se
realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.
Estarán exentos del pago:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
b) Los miembros de familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la
Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán
derecho a una exención total los miembros de familias de la categoría especial y a una
bonificación del 50 por ciento los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
c) Las víctimas del terrorismo, si así lo acreditan mediante sentencia judicial firme o
en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.
d) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. Circunstancias que deberán ser
acreditadas mediante la correspondiente certificación.
Requisitos específicos.

a) Estar habilitado o acreditado para el cuerpo y área o rama de conocimiento de la
plaza convocada, conforme a las previsiones contenidas en la disposición adicional
décima de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la LOU, o en el
Real Decreto 1312, respectivamente.
b) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65.2 de la LOU y en el artículo 9.4
del Real Decreto 1313, no podrán participar en el concurso quienes, habiendo obtenido
una plaza en un concurso de acceso a los cuerpos docentes universitarios en otra
Universidad, no la hubieran desempeñado, al menos, durante dos años.

cve: BOE-A-2022-14520
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