III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-14485)
Resolución de 3 de agosto de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Centro Atlántico del Medicamento, SA, para cooperar en la formación de los beneficiarios del programa de ayudas en el marco del estatuto del personal investigador predoctoral en formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212

Sábado 3 de septiembre de 2022
Undécima.

Sec. III. Pág. 123035

Naturaleza jurídica y resolución de controversias.

Este convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen jurídico
en materia de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con las
especialidades previstas en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación,
resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio,
deberán de solventarse por la Comisión Mixta de Seguimiento, regulada en la cláusula
octava. Si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y
competencia de los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Duodécima.

Protección de datos.

Las partes se obligan a adoptar las medidas oportunas para respetar la
confidencialidad y asegurar el tratamiento de los datos de carácter personal, a través del
cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril (RGPD)
y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales.
Publicidad y difusión.

Ambas partes se comprometen a destacar su mutua colaboración en cuantos medios
se utilicen para la promoción y difusión de las acciones objeto del presente convenio,
respetando en todo caso el logotipo y las directrices de imagen externa que se indiquen
por ambas partes.
Adicionalmente, se comprometen a dar máxima difusión posible al proceso y al resto
de las actividades a través de sus canales habituales y, en especial, a través de Internet
u otros soportes electrónicos y la utilización de los enlaces de las páginas web de ambas
instituciones.
Para ello, el CSIC autoriza a CEAMED S.A. para que use su nombre y/o logotipo
conforme a la normativa de imagen institucional aplicable, siempre que el uso que vaya a
realizar del mismo se limite exclusivamente a indicar la relación establecida entre las
instituciones en el presente convenio, por el tiempo que esta dure, y no induzca a
confusión organizativa, comercial o de aval científico entre las partes ni lo asocie a
objetivos o actividades incompatibles con los principios y objetivos de la Administración
General del Estado, y sin que en ningún caso se le confiera derecho alguno de
exclusividad, ni permita su apropiación, mediante registro o cualquier otro procedimiento.
Cualquier otro tipo de uso –o ante la duda razonable sobre la adecuación de uso a lo
expresado anteriormente– requeriría la autorización previa y expresa por escrito del
CSIC.
Asimismo, CEAMED S.A. autoriza al CSIC para el uso de su nombre y/o logotipo en
términos equivalentes a los descritos en el párrafo precedente.
Cualquier iniciativa de informar a los medios de comunicación sobre actividades,
conclusiones o resultados relacionados con la naturaleza de este convenio, deberá ser
planificada y ejecutada con pleno conocimiento de los responsables de comunicación de
CEAMED S.A. y del CSIC.
Y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente convenio, el 29 de
julio de 2022.–El Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales del CSIC,
Carlos Closa Montero.–El representante del Patronato de la Fundación del Instituto
Canario de Investigación del Cáncer, del Centro Atlántico del Medicamento S.A.
(CEAMED S.A.), Bonifacio Nicolás Díaz Chico.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2022-14485
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Decimotercera.