II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-14477)
Resolución de 21 de julio de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, como personal laboral, Grupos A, B y C.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 122947

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud para el concurso
La solicitud de participación se realizará teniendo en cuenta las siguientes
instrucciones:
– En el recuadro n.º 15 «Cuerpo, Escala, Grupo profesional o Categoría», se
consignará: El grupo y la categoría profesional del puesto que se solicita.
– En el recuadro n.º 16 «Especialidad»: se cumplimentará la especialidad del puesto
que se solicita.
– En el recuadro n.º 17 «Forma de acceso»: se consignará la letra mayúscula «L»
(turno libre).
– En el recuadro n.º 18 «Fecha Resolución convocatoria»: se consignará la fecha de
publicación la Resolución de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
– En el recuadro n.º 19 «Reserva Discapacidad»: sólo para el caso de que la
convocatoria incluya cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad, se
marcará una «X» si se opta a estas plazas.
– En el recuadro n.º 20 «Grado de discapacidad»: los aspirantes con discapacidad
deberán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y podrán solicitar,
expresándolo en el recuadro n.º 21, las posibles adaptaciones al puesto de trabajo
necesarias.
– En el recuadro n.º 22 «Títulos académicos oficiales exigidos en la convocatoria»:
Se hará constar la titulación que se posee para participar en esta convocatoria.
– En el recuadro n.º 23 «Otros títulos académicos oficiales»: se harán constar, si la
convocatoria lo prevé, los títulos académicos a valorar como méritos.
– En el recuadro «Datos a consignar según las bases de la convocatoria» en el
apartado A, se hará constar si se desea integrarse en la bolsa de trabajo que se
formalice. En caso de que no se haga ninguna indicación al respecto, se procederá de
oficio a su inclusión en la Bolsa de trabajo, sin perjuicio de que una vez configurada ésta,
la persona aspirante pueda manifestar su voluntad en contrario.

cve: BOE-A-2022-14477
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Núm. 212