II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-14461)
Resolución de 18 de agosto de 2022, de la Dirección General de Justicia, de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se convoca concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212

Sábado 3 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 122683

concurso, quedando obligado el interesado a comunicarlo al órgano convocante. De
incumplir este deber de comunicación, deberá tomar posesión en el primero de los
destinos adjudicados, según lo establecido en el artículo 53 del RD 1451/2005, de 7 de
diciembre.
Si el concurso específico se resuelve con anterioridad a la resolución definitiva del
concurso ordinario, previéndose también el transcurso del plazo posesorio de aquél, el
personal funcionario afectado deberá tomar posesión del destino obtenido en el concurso
específico, no teniendo ya opción para el concurso ordinario. Si el concurso específico se
resuelve con posterioridad al concurso ordinario, habiendo transcurrido el plazo
posesorio de éste, perderá la opción para el concurso específico.
Tercera. Baremos.
La valoración de méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se hará de
acuerdo con el baremo establecido para valorar la antigüedad (artículo 48.1.a) del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre) y el conocimiento de la lengua oficial propia de
las comunidades autónomas, según lo establecido en el apartado b) del mismo artículo.
1. Antigüedad.–Por los servicios efectivos prestados como funcionario/a de carrera
en el cuerpo o escala para el que participa se otorgará dos puntos por cada año
completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores
(0,00555556 por día). A estos efectos los meses se considerarán de treinta días y hasta
un máximo de 60 puntos.
2. Conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de las comunidades
autónomas.–En las plazas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, el
conocimiento oral y escrito de la lengua gallega, debidamente acreditado por medio de
certificación oficial de la Comunidad Autónoma, u homologación del título aportado y del
nivel al que corresponda el título, supone el reconocimiento a estos solos efectos de
hasta doce puntos según el nivel de conocimientos acreditado en los términos
siguientes:
1.
2.
3.

Certificado Celga 4 o equivalente: cuatro puntos.
Curso medio de lenguaje jurídico gallego: ocho puntos.
Curso superior de lenguaje jurídico gallego: doce puntos.

La aportación de documentos acreditativos del conocimiento de idioma se realizará
en los casos previstos en el punto 3.6 del Manual del asistente de inscripción.
Los méritos se valorarán a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Estos certificados no serán acumulativos, por lo que, en caso de que el
concursante posea títulos de varios niveles, sólo se valorará el superior.
Cuarta.

Modelos y plazos de presentación de solicitudes.

1. Anexo II. Recuadro V-1: Los/las funcionarios/as destinados definitivamente en
puestos de trabajo de los cuerpos y escalas de gestión, tramitación y auxilio, así como
los/las que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado
de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo en Galicia, rellenarán su
solicitud señalando el recuadro V-1 del anexo II, cumplimentando todos los apartados
que se le exijan, presentándola en el plazo comprendido entre el día 5 y el día 16 de
septiembre de 2022, ambos inclusive, según el mecanismo indicado en el punto 7 de la
presente Base.
2. Anexo II. Recuadro V-2: Los/las funcionarios/as destinados/as en puestos de
trabajo de otros cuerpos y escalas de la administración de justicia o de otras

cve: BOE-A-2022-14461
Verificable en https://www.boe.es

El modelo de la solicitud de inscripción es el anexo II que aparece publicado en esta
resolución, el cual no tiene validez para su presentación salvo como dato informativo de
los apartados que contiene, ya que se confeccionará y presentará exclusivamente por
los medios indicados en el punto 7 de la presente base.