III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-14484)
Resolución de 12 de julio de 2022, de la Dirección General de Vivienda y Suelo, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la ejecución del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212

Sábado 3 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 123012

Y que atendiendo a cuanto ha quedado expuesto, las partes suscriben el
presente Convenio que se regirá con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Es objeto del presente Convenio el establecimiento de las pautas de colaboración y
los compromisos mutuos de las partes, en orden a garantizar la ejecución del Plan
Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, (en adelante, PEAV), en el territorio de la
comunidad autónoma de Galicia mediante la acción coordinada de las dos
administraciones firmantes de este acuerdo.
Segunda.

Acciones a desarrollar.

Las acciones a desarrollar a efectos del cumplimiento del objeto del Convenio se
concretan en:
1. La tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las
ayudas de los programas del PEAV, por parte de la comunidad autónoma de Galicia en
las diferentes modalidades de actuaciones, así como la gestión del abono de las
subvenciones, una vez se haya reconocido el derecho de los beneficiarios a obtenerlas
conforme a las condiciones y límites establecidos en el PEAV. La concesión de las
ayudas se regirá por lo establecido en este Convenio, en el Real Decreto 42/2022, de 18
de enero, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el
Reglamento que la desarrolla.
2. La tramitación, el régimen de revisión e impugnación que corresponda,
atendiendo a la legislación de régimen jurídico del sector público y del procedimiento
administrativo común, de las resoluciones dictadas por la comunidad autónoma de
Galicia en la gestión de las ayudas del PEAV.
3. La gestión de la financiación a aportar en cada anualidad por parte del Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda urbana, así como de los compromisos de
cofinanciación de las actuaciones que asume la comunidad autónoma de Galicia.
4. El seguimiento, control y evaluación de la ejecución del PEAV a través de las
obligaciones de seguimiento, control y evaluación de dicha ejecución, recogidas en los
artículos 133 y siguientes del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero.
5. La comunicación recíproca de las informaciones necesarias para dicho
seguimiento, control y evaluación, incluida la información respecto de la actuación de las
entidades colaboradoras que participen en la gestión.
Tercera. Actuaciones objeto del Convenio.

– Programa de ayuda al alquiler de vivienda.
– Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de
desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente
vulnerables.
– Programa de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad
sobrevenida.
– Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico.
– Programa de incremento del parque público de viviendas.
– Programa de fomento de viviendas para personas mayores o personas con
discapacidad.
– Programa de fomento de alojamientos temporales, de modelos cohousing, de
viviendas intergeneracionales y modalidades similares.

cve: BOE-A-2022-14484
Verificable en https://www.boe.es

Son objeto del presente convenio las actuaciones que se desarrollen en aplicación
de los siguientes programas del PEAV: