II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-14458)
Orden JUS/847/2022, de 12 de agosto, por la que se convoca concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212
Sábado 3 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 122544
3. Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la resolución con los
Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas, los plazos se computarán desde el
día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
4. El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de
localidad de la funcionaria o del funcionario; ocho días hábiles si implica cambio de
localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días hábiles si implica cambio de
Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias,
Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que
será de un mes tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen
como si es el de destino.
Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día hábil
siguiente al del cese, que deberá efectuarse en las fechas que se indiquen en la
resolución definitiva del concurso.
5. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones,
los permisos o licencias que se encuentren disfrutando el personal funcionario, salvo
que, por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque
el disfrute de los mismos.
Décima.
Carácter de los destinos adjudicados.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
2. Los destinos adjudicados en la resolución definitiva serán irrenunciables.
Undécima.
Limitación para concursar.
Quienes obtengan destino definitivo en el presente concurso, no podrán participar en
otro concurso de traslados para el mismo Cuerpo o Escala hasta que no transcurran los
plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre,
que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y articulo 46.1del
Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Duodécima.
Recursos.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante
el Ministerio de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, según lo
dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa; a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-14458
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de agosto de 2022.–La Ministra de Justicia.–P.D. (Orden JUS/987/2020,
de 20 de octubre), el Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio
Público de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.
Núm. 212
Sábado 3 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 122544
3. Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la resolución con los
Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas, los plazos se computarán desde el
día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
4. El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de
localidad de la funcionaria o del funcionario; ocho días hábiles si implica cambio de
localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días hábiles si implica cambio de
Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias,
Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que
será de un mes tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen
como si es el de destino.
Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día hábil
siguiente al del cese, que deberá efectuarse en las fechas que se indiquen en la
resolución definitiva del concurso.
5. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones,
los permisos o licencias que se encuentren disfrutando el personal funcionario, salvo
que, por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque
el disfrute de los mismos.
Décima.
Carácter de los destinos adjudicados.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
2. Los destinos adjudicados en la resolución definitiva serán irrenunciables.
Undécima.
Limitación para concursar.
Quienes obtengan destino definitivo en el presente concurso, no podrán participar en
otro concurso de traslados para el mismo Cuerpo o Escala hasta que no transcurran los
plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre,
que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y articulo 46.1del
Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Duodécima.
Recursos.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante
el Ministerio de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, según lo
dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa; a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-14458
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 12 de agosto de 2022.–La Ministra de Justicia.–P.D. (Orden JUS/987/2020,
de 20 de octubre), el Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio
Público de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.