II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-14459)
Orden de 18 de agosto de 2022, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se convoca concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212

Sábado 3 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 122614

3. Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la resolución con los
boletines oficiales de las Comunidades Autónomas, los plazos se computarán desde el
día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
4. El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de
localidad del funcionario; ocho días hábiles si implica cambio de localidad dentro de la
Comunidad Autónoma y veinte días hábiles si implica cambio de Comunidad Autónoma,
con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las
Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será de un mes tanto si el
puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino.
Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día hábil
siguiente al del cese, que deberá efectuarse en las fechas que se indiquen en la
resolución definitiva del concurso.
5. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones,
los permisos o licencias que se encuentren disfrutando los/las funcionarios/as, salvo que,
por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque el
disfrute de los mismos.
Décima.

Carácter de los destinos adjudicados.

1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
2. Los destinos adjudicados en la resolución definitiva serán irrenunciables.
Undécima.

Limitación para concursar.

Aquellos/as funcionarios/as que obtengan destino definitivo en el presente concurso,
no podrán participar en otro concurso de traslados para el mismo Cuerpo o Escala hasta
que no transcurran los plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley
Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial, y articulo 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Duodécima.

Recursos.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante
la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, en el plazo de un mes, según lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo ante el órgano contencioso-administrativo que corresponda,
en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2022-14459
Verificable en https://www.boe.es

Vitoria-Gasteiz, 18 de agosto de 2022.–La Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas
Sociales, Beatriz Artolazabal Albeniz.