III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-14444)
Resolución de 28 de julio de 2022, de la Autoridad Portuaria de Valencia, sobre delegación de competencias.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211
Viernes 2 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 122471
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
14444
Resolución de 28 de julio de 2022, de la Autoridad Portuaria de Valencia,
sobre delegación de competencias.
El Presidente de la Autoridad Portuaria de València, de conformidad con lo
establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas en virtud del
artículo 31.2 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, y previa aprobación
del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de València en sesión celebrada
el 23 de junio de 2022, acordó lo siguiente:
Primero.
Revocar las resoluciones de fechas 25 de octubre de 2018 y 4 de enero de 2021
sobre delegaciones de competencias en el Director General de la Autoridad Portuaria de
València y publicadas en el BOE número 12 de fecha 14 de enero de 2019 y número 16
de fecha 19 de enero de 2021 respectivamente.
Segundo.
Delegar en favor de la Dirección General de la Autoridad Portuaria de València todas
las facultades que el ordenamiento jurídico atribuye al Presidente del Organismo público
en materia de contratación administrativa con respecto a los contratos menores,
incluyendo la autorización del gasto, el compromiso de gasto, el reconocimiento de
obligaciones y la emisión de informes. Asimismo, se delega la competencia para la
celebración de los contratos de encargado del tratamiento de datos de carácter personal
y contratos de confidencialidad para este tipo de contratos.
Tercero.
Delegar en la Dirección General de la Autoridad Portuaria de València la autorización
para la realización de actividades comerciales o de servicios con ocupación de dominio
público portuario por plazo no superior a quince (15) días.
Cuarto.
Quinto.
Las delegaciones de competencias previstas en esta resolución serán revocables en
cualquier momento por la Presidencia de la Autoridad Portuaria de València. Así mismo,
como órgano titular de las competencias delegadas, el Presidente podrá avocar el
ejercicio de éstas de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2022-14444
Verificable en https://www.boe.es
Delegar en la Dirección General de la Autoridad Portuaria de València la
competencia para iniciar los expedientes disciplinarios respecto del personal al servicio
de la Autoridad Portuaria de València sometido al Convenio Colectivo de Puertos del
Estado y Autoridades Portuarias. Tal delegación incluye el nombramiento de Instructor/a.
Núm. 211
Viernes 2 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 122471
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
14444
Resolución de 28 de julio de 2022, de la Autoridad Portuaria de Valencia,
sobre delegación de competencias.
El Presidente de la Autoridad Portuaria de València, de conformidad con lo
establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas en virtud del
artículo 31.2 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, y previa aprobación
del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de València en sesión celebrada
el 23 de junio de 2022, acordó lo siguiente:
Primero.
Revocar las resoluciones de fechas 25 de octubre de 2018 y 4 de enero de 2021
sobre delegaciones de competencias en el Director General de la Autoridad Portuaria de
València y publicadas en el BOE número 12 de fecha 14 de enero de 2019 y número 16
de fecha 19 de enero de 2021 respectivamente.
Segundo.
Delegar en favor de la Dirección General de la Autoridad Portuaria de València todas
las facultades que el ordenamiento jurídico atribuye al Presidente del Organismo público
en materia de contratación administrativa con respecto a los contratos menores,
incluyendo la autorización del gasto, el compromiso de gasto, el reconocimiento de
obligaciones y la emisión de informes. Asimismo, se delega la competencia para la
celebración de los contratos de encargado del tratamiento de datos de carácter personal
y contratos de confidencialidad para este tipo de contratos.
Tercero.
Delegar en la Dirección General de la Autoridad Portuaria de València la autorización
para la realización de actividades comerciales o de servicios con ocupación de dominio
público portuario por plazo no superior a quince (15) días.
Cuarto.
Quinto.
Las delegaciones de competencias previstas en esta resolución serán revocables en
cualquier momento por la Presidencia de la Autoridad Portuaria de València. Así mismo,
como órgano titular de las competencias delegadas, el Presidente podrá avocar el
ejercicio de éstas de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2022-14444
Verificable en https://www.boe.es
Delegar en la Dirección General de la Autoridad Portuaria de València la
competencia para iniciar los expedientes disciplinarios respecto del personal al servicio
de la Autoridad Portuaria de València sometido al Convenio Colectivo de Puertos del
Estado y Autoridades Portuarias. Tal delegación incluye el nombramiento de Instructor/a.