III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-14394)
Resolución de 19 de agosto de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Asociación Proyecto Atlántida: Educación y cultura democráticas, para la realización del encuentro "LOMLOE. De la norma al aula: un marco de referencia para un nuevo currículo competencial".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210

Jueves 1 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 122012

aprueba los correspondientes expedientes de gasto con carácter general para el
conjunto de los cursos y actividades, según los procedimientos legalmente establecidos.
III. La UIMP mantendrá indemne a Proyecto Atlántida de cualquier reclamación que
se pueda recibir en relación con el encuentro, tanto en el orden académico como en el
de la gestión realizada por la UIMP, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al
profesorado, alumnado, empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda
verse afectada.
IV. La UIMP podrá gestionar la participación en la financiación del encuentro de
otras entidades públicas o privadas en calidad de colaboradores o copatrocinadores
firmando con dichas entidades los correspondientes convenios o contratos de patrocinio,
informando de ello a Proyecto Atlántida y sin que la suma de esas otras colaboraciones
junto con la aportación de Proyecto Atlántida sea superior a los gastos totales del
encuentro.
V. La UIMP se compromete a destacar la colaboración de Proyecto Atlántida en
cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro, respetando en
todo caso el logotipo y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
Tercera. Compromisos asumidos por Proyecto Atlántida.
Proyecto Atlántida se compromete a aportar una ayuda económica para la
realización del encuentro, de la siguiente forma:
Asumirá directamente la gestión y financiación de los gastos relativos a honorarios y
viajes de los directores y secretarios académicos y del resto del profesorado, cuya
estimación económica asciende a cuatro mil novecientos seis euros con noventa y cinco
céntimos (4.906,95 €). La cuantía final vendrá determinada por la presentación ante la
UIMP de los correspondientes justificantes del gasto efectivamente realizado.
La UIMP, una vez constatado el gasto realizado directamente señalado en el párrafo
anterior, emitirá un certificado acreditando la aportación económica a fin de que Proyecto
Atlántida pueda solicitar las deducciones fiscales correspondientes conforme a lo
establecido en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
Cuarta.

Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.

I. Para velar por la adecuada ejecución de las cláusulas recogidas en el presente
convenio se constituye una comisión de seguimiento que estará compuesta por dos
miembros:

II. La comisión de seguimiento se reunirá cuando lo solicite alguna de las partes,
adoptará sus acuerdos por unanimidad de las dos personas que lo componen y tendrá
las siguientes funciones:
– Realizar el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes.
– Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del
presente convenio.

cve: BOE-A-2022-14394
Verificable en https://www.boe.es

– En representación de la UIMP, la persona titular del Vicerrectorado de Relaciones
Institucionales y Programación de Actividades (o, en caso de cambio de organigrama, la
persona titular del Vicerrectorado que tenga la competencia sobre la programación de
cursos avanzados).
– En representación de Proyecto Atlántida, el Vicepresidente de la Asociación.