III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-14391)
Orden TER/836/2022, de 29 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210

Jueves 1 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 121952

ANEXO II
Declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de no causar
un perjuicio significativo a alguno de los objetivos medioambientales
PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
Subvenciones para la transformación digital y modernización de las entidades
locales (C11.I3)
Convocatoria 2022
ENTIDAD
DENOMINACIÓN DEL
PROYECTO

Don/doña (nombre y apellidos) .............................................................................................., en calidad
de (órgano que ejerce)* .................................................................................................... del (denominación
oficial de la entidad) .............................................................................................................., con capacidad
suficiente para actuar en nombre y representación de esta Entidad, mediante la presente,
DECLARO RESPONSABLEMENTE

Que una vez evaluado, acorde al artículo 5 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, el proyecto señalado anteriormente cumple con todos los siguientes extremos:
A. Las actividades que se desarrollan en el mismo no ocasionan un perjuicio significativo a los
siguientes objetivos medioambientales, según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852,
relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles mediante la
implantación de un sistema de clasificación (o «taxonomía») de las actividades económicas
medioambientalmente sostenibles:
1.
2.
3.
4.
5.
6.

Mitigación del cambio climático
Adaptación al cambio climático
Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos
Economía circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos
Prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo
Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas

B. Las actividades se adecúan a las características y condiciones fijadas para la Inversión 3 del
Componente 11, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
C. Las actividades que se desarrollan en el proyecto cumplirán la normativa medioambiental
vigente que resulte de aplicación.

cve: BOE-A-2022-14391
Verificable en https://www.boe.es

D. Las actividades que se desarrollan no están excluidas para su financiación por el Plan al no
cumplir el principio de DNSH, conforme a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de
«no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01)30, a la Propuesta de Decisión de Ejecución del
Consejo, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de
España y a su correspondiente Anexo.
E. Las actividades que se desarrollan no causan efectos directos sobre el medioambiente, ni
efectos indirectos primarios en todo su ciclo de vida, entendiendo como tales aquéllos que
pudieran materializarse tras su finalización, una vez realizada la actividad.